INS pagará gastos a la CCSS por atender a trabajadores con virus
El Instituto Nacional de Seguros (INS) correrá con los gastos en los que incurra la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) por la atención de los trabajadores contagiados con covid-19, protegidos con la Póliza de Riesgos del Trabajo.
Ambas instituciones públicas firmaron un protocolo para asegurar la activación de esas pólizas en los hospitales de la Caja. Esa medida pretende evitar que casos sospechosos del nuevo coronavirus lleguen a clínicas o agencias del INS.
Según explicó el presidente ejecutivo de esa entidad,
Elian Villegas, el objetivo es evitar focos de contagio.
“Lo que se pretende es que no se vayan a generar focos de infección por todo el país; básicamente es trabajar directamente esto en la Caja y todos aquellos casos en que se determine que su origen está en el trabajo, entonces la Caja nos pasa el costo y el INS le cancela eso desde la línea de Riesgos del Trabajo”, afirmó Villegas.
Ese seguro únicamente cubre a las personas contagiadas con covid-19 con ocasión del trabajo, es decir, que contrajeran la enfermedad por estar desempeñando sus funciones.
Médicos, enfermeros y administrativos de hospitales públicos y privados están en la primera línea de cobertura por su contacto directo con posibles pacientes con covid-19.
Una médica y una asistente administrativa de un hospital público fueron las primeras dos personas cubiertas por Riesgos del Trabajo, según confirmó el INS.
Otras profesiones y ocupaciones como periodistas, funcionarios y policías de Migración, también están expuestos a contraer la enfermedad por sus labores.
Esta póliza también se activa en caso de que se compruebe que los trabajadores fueron contagiados en su centro de labores.
No cubre, por ejemplo, a trabajadores con covid-19 que se infectaron en sus hogares, en viajes o en otros espacios de reunión.
El INS prepara a su personal médico, en caso de que se llegue a necesitar para atender la emergencia nacional.
El pago de subsidio por incapacidad temporal, según el Código de Trabajo, corresponde al 60% del salario diario del trabajador durante los primeros 45 días; a partir del día 46 y como máximo hasta el 730, este subsidio corresponde al 85% del salario diario.