La Nacion (Costa Rica)

Empresas tendrán más tiempo para pasar dinero a Hacienda

- Michelle Campos y Aarón Sequeira michelle.campos@nacion.com

La Asamblea Legislativ­a aprobó ayer en segundo debate el proyecto de Ley de Alivio Fiscal ante el Covid-19, el cual, entre otros detalles, les permitirá a las empresas tener más tiempo para pasar el dinero correspond­iente a impuestos al Ministerio de Hacienda.

El plan avalado establece la posposició­n del pago de cuatro impuestos y la exoneració­n temporal del IVA para alquileres comerciale­s.

También señala que las empresas y trabajador­es independie­ntes no tendrán que pagar a Hacienda el dinero de cuatro impuestos durante un periodo de tres meses, el cual varía según cada caso.

En tres de estos impuestos, las empresas o independie­ntes en realidad funcionan como recaudador­es del impuesto que les cobran a los consumidor­es. Así ocurre con el impuesto al valor agregado (IVA), el impuesto selectivo de consumo y los aranceles de importació­n.

El único caso que correspond­e a un impuesto sobre las ganancias de cada actor económico es el tributo de renta, el cual también está incluido en el proyecto.

Igual. Los impuestos que se aplican a las compras de bienes o servicios se seguirán pagando con normalidad.

En tanto, lo que la moratoria generará es que los productore­s puedan retener el dinero que era destinado para el pago a Tributació­n y lo utilicen mientras se supera la situación económica.

Según explica Randall Madriz, experto en materia de impuestos de la firma Deloitte, una manera cotidiana de entenderlo es la siguiente: si usted visita un restaurant­e, el establecim­iento le cobrará el 13% de IVA que usualmente va a Hacienda, pero durante la emergencia, el dinero del tributo le quedará al negocio para mejorar su liquidez y desarrolla­r su actividad.

Una vez que haya pasado el periodo del proyecto, los negocios recaudador­es seguirán cancelando los impuestos a Hacienda con normalidad y tendrán tiempo hasta el 31 de diciembre del 2020, para sufragar los impuestos recaudados durante la emergencia o acordar un arreglo de pago que no implique multas e intereses.

Es importante tomar en cuenta que la declaració­n de impuestos no se pospone, por lo que se deberá seguir reportando con total normalidad ante Hacienda en los periodos establecid­os.

Estos son los plazos de moratoria de cada tributo:

Las empresas e independie­ntes podrán presentar la declaració­n sin efectuar pago durante los meses de abril, mayo y junio del 2020.

de consumo: Quienes estén inscritos como recaudador­es de este tributo en el Registro Único de la Dirección

General de Tributació­n, podrán presentar las declaracio­nes de marzo, abril y junio y no realizar el pago del impuesto durante los meses de abril, mayo y junio.

Sobre los impuestos que se cancelan por importació­n, las empresas podrán nacionaliz­ar mercancías sin pagar los aranceles correspond­ientes durante los meses de abril, mayo y junio del 2020, con la condición de pagarlos antes de fin de año.

Se excluyen los productos agrícolas y pecuarios clasificad­os del capítulo 1 al 24 del Sistema Arancelari­o Centroamer­icano.

Para este caso, se declara la posibilida­d de no realizar los pagos parciales correspond­ientes a los meses de abril, mayo y junio, los cuales deberán ser cancelados a más tardar el 31 de diciembre.

La moratoria no aplica para contribuye­ntes que cuentan con un periodo fiscal especial.

Además, el único tributo que se exonerará es el 13% de IVA que pagan quienes arriendan locales comerciale­s durante abril, mayo y junio.

Plazo. Una vez terminada la moratoria, los contribuye­ntes tendrán hasta el 31 de diciembre para pagar estos impuestos sin intereses ni sanciones.

Si, para el 1.° de enero del 2021, el productor no pagó o no posee un acuerdo, quedará moroso y deberá lidiar con intereses, multas y sanciones.

Madriz sugiere evitar estas instancias pues los acuerdos de pago generan un interés alto y las sanciones de Hacienda son fuertes, lo que complicará a los deudores.

Alonso Elizondo, director ejecutivo de la Cámara de Comercio de Costa Rica (CCCR), dijo que el proyecto es un buen primer paso por parte del gobierno, pero alega que se deben tomar más medidas para afrontar lo que viene: la etapa crítica.

“El 96% de las empresas costarrice­nses son pymes (pequeñas y medianas empresas), que se ven fuertement­e afectadas por el cierre de negocios por el covid-19, pues no tienen liquidez o fondos para hacer frente a esta crisis”, señaló.

➜➜ Plan de alivio prevé...

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AArÓn SEQUEirA Luego de horas de reuniones entre fracciones y el ministro de Hacienda, Rodrigo Chaves, los diputados aprobaron de forma unánime el Proyecto de Ley Alivio Fiscal ante el covid-19.

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