Patronos podrán reducir jornada de sus empleados y salarios para evitar despidos
Hotelera de Guanacaste anuncia que se acogerá a beneficio para conservar a sus 640 trabajadores
El presidente de la República, Carlos Alvarado, firmó ayer la ley que permitirá a los patronos reducir las jornadas de sus empleados hasta un 50%, en caso de que los ingresos de su negocio bajen un 20% producto de la pandemia del covid-19.
Solo queda pendiente su publicación en el diario oficial La Gaceta para que entre en vigor.
Cuando esto ocurra, el sector privado podrá modificar los contratos de trabajo en el contexto de la emergencia nacional declarada. A la vez, deberá comprobar que la caída en sus ingresos obedece a la coyuntura actual.
La iniciativa, aprobada ayer en segundo debate, con el voto unánime de los 47 legisladores presentes, también permite la disminución de las horas de trabajo por hasta un 75%, en el caso de que la caída en los ingresos de la empresa alcance el 60%.
De acuerdo con el texto, la merma del tiempo ordinario de trabajo afectará el salario de la persona en igual proporción al tiempo laboral que se reduzca, y aplica mientras dure la emergencia.
Para recurrir a esta opción, los patronos deben de solicitar la autorización de la Inspección Laboral del Ministerio de Trabajo dentro de los tres días hábiles posteriores al inicio de la reducción de la jornada.
Como parte del proceso, también deberán aportar evidencia sobre la reducción de los ingresos. La documentación deberá ser autenticada por un abogado o certificada por un contador público autorizado.
En caso de que la Inspección llegara a rechazar la solicitud del patrono, los colaboradores tendrán derecho al pago de la diferencia entre el monto reducido y el rubro completo.
Para certificar la disminución de sus ingresos, los negocios deberán hacer comparaciones de sus últimos recursos con los del mismo mes del año anterior.
En el caso de las empresas con menos de un año de existencia, estas requieren demostrar la reducción frente al promedio de los últimos tres meses previos a la declaratoria de emergencia nacional.
“
ES UnA mEDiDA
QUE Uno no QUiSiErA, PEro ES Por Un PLAno DE EmErgEnCiA Y QUEDAn rESgUArDADoS LoS DErECHoS DE LoS TrABAJADorES En LA mEDiDA En QUE LA CriSiS Lo PErmiTA”.
Welmer Ramos
Diputado del PAC
Medidas. La ley forma parte de una serie de proyectos aprobados esta semana por el Congreso para atender la emergencia provocada por el covid-19.
En específico, este texto pretende evitar medidas más graves para los trabajadores, como el despido o la suspensión de jornadas sin goce de salario.
Tendrá una vigencia de tres meses, prorrogables por dos periodos iguales siempre que se mantengan los efectos del covid-19 y así lo acredite el empleador. Las condiciones ordinarias de trabajo serán restituidas cuando termine el periodo especial.
Asimismo, cuando la reducción de jornadas no afecta a la totalidad de los trabajadores, la disminución deberá hacerse de forma proporcional a la conformación de género y con respecto a quienes tengan los mismos puestos.
Se excluye totalmente de la aplicación de esta ley a las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia.
Votaron a favor en este segundo debate 15 congresistas del Partido Liberación Nacional (PLN), 8 del Partido Acción Ciudadana (PAC), 7 del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) y 7 del bloque Nueva República.
Otros 4 votos fueron aportados por el Partido Restauración Nacional (PRN), 2 por el Partido Integración Nacional (PIN), uno por el Frente Amplio, uno por el Republicano Social Cristiano y 2 por legisladores independientes.
Gustavo Viales, legislador del PLN, explicó que el objetivo de la legislación es que el sector privado pueda mantener a sus trabajadores y no suspender el contrato ni despedirlos.
En tanto, el frenteamplista José María Villalta expuso que esta es una medida difícil pero necesaria, dada la situación que el país está viviendo.
Villalta urgió al plenario a aprobar otros proyectos encaminados a subsidiar a personas que pierdan el empleo.