Productos de canasta básica pagan 1% de IVA desde hoy
Servicios de turismo y de construcción, como ingenieros y arquitectos, un 4%
A partir de hoy, los artículos de la canasta básica y los insumos agropecuarios tendrán un 1% del impuesto al valor agregado (IVA). También rigen cambios en este tributo para algunos servicios de construcción, turísticos y de reciclaje, y un incremento de un punto porcentual en el impuesto sobre la renta para algunos rendimientos y excedentes.
Todos los cambios están incluidos en los transitorios de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, vigente desde el 4 de diciembre del 2018, pero que en sus capítulos de IVA y renta empezaron a regir hace un año.
En el caso de los bienes de la canasta básica, que son 195 productos que actualmente están exentos del IVA, el Gobierno envió, el 11 de junio, un proyecto de ley a la Asamblea Legislativa para posponer el tributo hasta el 30 de junio del 2021, y para reponer dichos ingresos, incluyó en el plan gravar el salario escolar en forma permanente. No obstante, todavía el plan se mantiene en discusión en el Congreso.
Algunos ejemplos de bienes que forman la canasta básica son: arroz blanco, frijoles, la leche líquida fresca, algunas carnes de res, cerdo y pollo, embutidos, atún en aceite, algunas frutas como el aguacate, el limón mesino, la manzana de agua, verduras y vegetales como camote, cebolla, tomate, papa y chayote, y artículos de higiene, como el papel higiénico.
Los productores de bienes de la canasta básica pagarán el 1% hacia atrás, sobre las materias primas e insumos, y lo cobrarán hacia delante, al consumidor.
No obstante, para adquirir hacia atrás al 1%, ellos deben estar inscritos en el registro de productores, distribuidores y comercializadores de canasta básica y sus insumos.
Juan Rafael Lizano, presidente de la Cámara de Agricultura y Agroindustria, indicó este martes que todavía
en el Ministerio de Hacienda no están depurados los sistemas con esta lista y, entonces, hay dudas sobre cómo aplicar el 1% de IVA. Por ejemplo, si un vendedor de agroquímicos le vende a un productor de canasta básica, le aplicaría el 1% de IVA si está en el registro, y el 13% si no figura en este.
Consultada sobre el tema, Alejandra Hernández, viceministra de Ingresos de Hacienda, informó de que están tramitando la reforma al reglamento para aplazar, hasta abril del 2021, la implementación de este requisito de estar inscrito en el Ministerio de Agricultura, ya que los cambios
necesarios no son solamente en los sistemas de dicha cartera, sino que son cambios que debe hacer el contribuyente que vende estos insumos.
“Sobre este punto, en la primera quincena del mes de julio saldrá a consulta pública la resolución que regula este y otros trámites relacionados con exoneraciones, para que los contribuyentes realicen observaciones”, apuntó la viceministra.
“La posición que uno le puede recomendar a la persona que vende insumos agropecuarios, es que ellos le soliciten al productor al cual le están vendiendo, que le suministre
alguna documentación que le permita documentar que tiene derecho a adquirir a esa tarifa”, recomendó Priscilla Piedra, socia de impuestos de Deloitte.
El Colegio de Médicos Veterinarios emitió ayer un comunicado en el cual publicó la lista de productos veterinarios que deberán ser tasados con un IVA al 1%, previa exoneración del comprador del producto. Entre otros, se incluyen: anestésicos, antibióticos sulfonados, antígenos para diagnóstico, antitoxinas, suplementos alimenticios y vacunas.
“Aclaramos que el Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica no participó en la construcción y validación de dicha lista, aunque si hacemos un llamado público a nuestros profesionales para que tomen las medidas del caso en los sistemas de facturación”, señaló la agrupación.
La canasta básica tributaria también tendrá una variación en su composición pues se deben escoger de nuevo los productos con base en la nueva Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos.
Hernández aseveró que este mes se hará una consulta pública, de la nueva canasta y, una vez recibidas las observaciones, estima que la publicación se realizará en agosto.
Este miércoles también pasarán de estar exonerados del IVA a tener un tributo de 4% algunos servicios turísticos prestados por quienes se encuentren debidamente inscritos ante el Instituto Costarricense de Turismo, que no estaban gravados.
Piedra explicó que ya hay muchos gravados con el 13%, pero hay otros como el canopy, por ejemplo, que pasará del 0% al 4%.
También pasarán de estar exonerados del IVA a un tributo del 4%, los que brinden servicios de recolección, clasificación y almacenamiento de bienes reciclables y reutilizables, y se encuentren debidamente inscritos ante la Administración Tributaria y el Ministerio de Salud.