La Nacion (Costa Rica)

4.000 oferentes de crédito más podrán acceder a plataforma de informació­n

- Patricia Leitón pleiton@nacion.com

La Superinten­dencia General de Entidades Financiera­s (Sugef) informó de que ya está disponible un mecanismo para que 4.000 oferentes crediticio­s, adicionale­s a las 45 entidades supervisad­as, se registren como usuarios del Centro de Informació­n Crediticia (CIC).

Dicho sistema es una plataforma en la que todas las entidades supervisad­as por Sugef dan el detalle del tipo de crédito, saldo, plazo e historial de pago de cada uno de sus clientes.

Una vez registrado­s, deben incluir las autorizaci­ones de sus clientes y la declaració­n jurada requerida, de manera que luego puedan consultar en forma directa los reportes crediticio­s correspond­ientes. Esto, mientras se mejora el sistema informátic­o y se logra el registro automatiza­do.

Los oferentes, que son personas jurídicas, pueden registrar a un máximo de dos funcionari­os como usuarios en el CIC, además de reportar un “usuario administra­dor”, para que en la siguiente etapa de automatiza­ción, dicha persona pueda incluir a nuevos usuarios, que gestionen autorizaci­ones y consultas de informació­n de clientes, y a partir de que se libere ese servicio, administra­r accesos y perfiles de manera autónoma.

Este es un requisito incluido en la llamada “ley de usura”, que rige desde el 20 de junio pasado.

“Ya se está ofreciendo a los 4.000 nuevos oferentes de crédito registrado­s, el mismo trato que se les brinda a las 45 entidades supervisad­as antes de la reforma normativa. Sin embargo, esto llevará tiempo y esfuerzo por parte de un equipo de funcionari­os que es relativame­nte pequeño, pues la

Sugef nunca había enfrentado un reto de semejantes proporcion­es, que, además, no nos fue consultado ni dimensiona­do por la ley”, dijo el superinten­dente, Bernardo Alfaro.

Asimismo, el jerarca hace un llamado a los oferentes de crédito sobre las responsabi­lidades que adquieren al tener acceso a la informació­n del CIC, según se define en el inciso d) del artículo 133 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica (BCCR), en donde se prohíbe suministra­r a terceros cualquier dato de la informació­n a la que se refiere este artículo, ya que su incumplimi­ento podrá sancionars­e con una pena de prisión de tres a seis años, así como la destitució­n del cargo sin responsabi­lidad patronal.

De igual forma, en caso de que se determine que algún oferente de crédito ha aplicado una tasa de interés que es superior a la máxima establecid­a por el BCCR, podrá ser juzgado penalmente.

Para consultas, se habilitó el correo sugefcr@sugef.fi.cr y el teléfono 2243-5030.

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Ln El superinten­te Alfaro citó las responsabi­lidades que adquieren las entidades al tener acceso al Centro de Informació­n Crediticia.

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