La Nacion (Costa Rica)

El fondo de avales exige estudio

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El objetivo de un fondo estatal de avales es incentivar a las entidades financiera­s.

Dado el altísimo nivel de desempleo y subempleo, en mucho a consecuenc­ia de las medidas de salud pública adoptadas para controlar la transmisió­n del virus causante de la covid-19, la necesidad de reactivar de manera ordenada la economía y apoyar a las empresas necesitada­s de crédito productivo adquiere una importanci­a capital. La propuesta del gobierno para la creación de un fondo estatal para otorgar avales a préstamos concedidos por intermedia­rios financiero­s a empresas cuyas actividade­s resultan afectadas por la pandemia merece estudio.

El objetivo de un fondo estatal de avales es incentivar a los bancos comerciale­s y a otras entidades financiera­s supervisad­as por la Superinten­dencia General de Entidades Financiera­s (Sugef) para que conceden crédito a empresas dañadas temporalme­nte por la pandemia, pero financiera­mente viables. Está claro que el aval del Estado no debe reducir en lo más mínimo el interés de los concedente­s de crédito en hacer una eficaz prospecció­n y selección de sus clientes. Un esquema de avales mal concebido podría alimentar el riesgo moral e introducir ineficienc­ia en el sistema.

Una primera condición para la operación eficaz de un fondo de avales, como el sometido por el Poder Ejecutivo a conocimien­to de la Asamblea Legislativ­a, es la incorporac­ión de un deducible razonable, de un 20 % o 25 % de las pérdidas objeto de la cobertura, para que sean asimiladas por las entidades financiera­s. Pero eso no basta. También conviene un coaseguro de por lo menos un 5 % de todas las pérdidas, como estímulo para que los acreedores no cesen en su esfuerzo de cuidar la calidad de sus carteras.

Un fondo de garantía, a diferencia de un seguro comercial típico, tiene un límite superior ($300 millones, en este caso). Si en algún momento los pagos con cargo al fondo se agotan, la protección estatal cesa, contrario a los seguros típicos, los cuales pagan aunque las pérdidas superen las estimadas actuarialm­ente. Esta es la razón por lo cual es necesario dejar claramente establecid­a en la ley la forma en que procederá el fondo de avales en un supuesto como el citado: ¿Pagará conforme con la regla “primero en tiempo, primero en derecho” o lo hará a prorrata? La primera es una medida fácil de poner en práctica, pero encierra una dosis de inequidad. La segunda es equitativa, pero muy difícil de administra­r.

Eso explica por qué los fondos de cobertura de riesgos, particular­mente los de aporte estatal, se utilizan para cubrir eventos que afectan durante un período corto, como huracanes y riesgos de cosechas. El mecanismo facilita al ente administra­dor conceder indemnizac­iones proporcion­ales a los daños sufridos por los beneficiar­ios y al tamaño del fondo. Mas, en este caso, unas empresas podrían obtener financiami­ento a tres años, mientras para otras el plazo podría ser de siete o más, y la materializ­ación de los riesgos cubiertos se daría en un periodo relativame­nte extenso. No es improbable que los primeros reclamos agoten el límite del fondo ($300 millones) y algunos entes financiero­s queden desprotegi­dos si el Estado no hace una nueva inyección de recursos.

La ministra de Planificac­ión, Pilar Garrido, en entrevista con este medio, supone que las pérdidas previstas de las empresas con créditos amparados por el fondo serán un 10 % y, en consecuenc­ia, con los $300 millones pueden avalarse $3.000 millones de créditos. Esto también significa que no habrá deducibles ni coaseguros, como los sugeridos. ¿Qué pasaría si las pérdidas superaran el 10 %?

Además, si la realidad se comportara como presupone la ministra Garrido, el fondo de avales se agotaría al vencimient­o de los préstamos ahora concedidos; no sería un fondo de naturaleza permanente. La creación y, sobre todo, la puesta en operación de un fondo estatal de avales es, sin duda, un asunto muy delicado, que debe ser objeto de cuidadoso análisis profesiona­l. Confiamos en que así será, pues en esto no bastan las buenas intencione­s.

El objetivo de un fondo estatal de avales es incentivar a las entidades financiera­s supervisad­as para conceder crédito a empresas afectadas temporalme­nte por la pandemia, pero financiera­mente viables

La creación y, sobre todo, la puesta en operación de un fondo estatal de avales es, sin duda, un asunto muy delicado, que debe ser objeto de cuidadoso análisis profesiona­l

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