La Nacion (Costa Rica)

Tribunal anula tasa piso de crédito del Banco Nacional

››Entidad financiera valora presentar un recurso de casación

- Patricia Leitón pleiton@nacion.com

La Sección Primera del Tribunal Contencios­o Administra­tivo del Segundo Circuito Judicial de San José anuló la tasa piso de un crédito para vivienda otorgado por el Banco Nacional, en una sentencia del 19 de agosto del 2020.

Francisco Gamboa, director de Relaciones Institucio­nales del Banco Nacional, informó que la sentencia no está firme y valoran presentar un recurso de casación.

Se trata de un préstamo para vivienda, a 30 años plazo, otorgado el 20 de mayo del 2008 por el Banco Nacional, por ¢103 millones, con una tasa de interés igual a la tasa básica pasiva más 2,5 puntos, con un piso de 8% y un techo de 27 puntos sobre la tasa básica pasiva.

Actualment­e la tasa básica pasiva, que es un promedio de las tasas de interés de los ahorros, pero que se usa de referencia para créditos, es de 3,65%.

El deudor solicitó reservar su identidad. La abogada del deudor, Adriana Rojas, quien suministró copia de la sentencia, explicó que el Tribunal anuló la tasa piso y ahora le deberán devolver el dinero pagado cuando la tasa del crédito resultó menor que dicha tasa y, además, la cuota le bajó casi a la mitad.

“Y en el caso del crédito en colones, se condena al daño material que consistirí­a en el monto que a su favor pueda resultar de la fijación pericial si llegara a determinar­se al recalcular los intereses corrientes sobre el saldo deudor pagado mensualmen­te, con una tasa referencia­da a la tasa básica pasiva del Banco Central de Costa Rica más dos punto cincuenta porcentual­es y no la tasa piso fijada en un 8%, dicho monto devengara intereses desde el momento en que se realizó cada pago y hasta su efectiva cancelació­n”, señala el “por tanto” de la sentencia.

Este mismo cliente había asumido otro crédito, el 15 de junio del 2004, por 237.789,76 unidades de desarrollo, con una equivalenc­ia de ¢91.637.039 para comprar una propiedad.

La unidad de desarrollo es una unidad de cuenta, creada por decreto ejecutivo publicado en La Gaceta, el 7 de abril de 1993, la cual se actualiza con el índice de precios al consumidor.

Como el índice de precios al consumidor aumentó, la unidad también aumentó la cuota del crédito y su principal.

Según la sentencia, la cuota inició en ¢908.413,43 y aumentó a ¢1.531.687,97 por el aumento diario de la unidad de desarrollo. Además de que el capital adeudado también creció.

Sobre este crédito el Tribunal declaró parcialmen­te con lugar la demanda y ordenó convertirl­o a colones y también la cuota le bajó a cerca de la mitad, detalló Rojas.

Tasa polémica. La tasa piso ha sido polémica y ha habido otras resolucion­es de tribunales que han sancionado bancos cuando ponen tasa piso y no ponen tasa techo.

Por ejemplo, el 2 de abril pasado, la Sala I de la Corte Suprema de Justicia declaró la nulidad del porcentaje mínimo de interés fijado para el crédito otorgado a un hotel en Manuel Antonio, en las operacione­s crediticia­s con el Banco de Costa Rica, donde existía tasa piso, pero no tasa techo.

Según informació­n de la Superinten­dencia General de Entidades Financiera­s, a junio del 2020, había 5.738.420 operacione­s de crédito, de las cuales 628.485 tenían tasa piso y 599.909 tasa techo.

“La tasa piso es una herramient­a de protección de la entidad financiera ante una tasa variable por la disminució­n en las tasas; sin embargo, para que haya equilibrio, justicia y equidad en la relación de consumo se requiere que la misma protección sea para el consumidor. Valga decir que si la tasa se dispara, el consumidor no vaya a perder la garantía por falta de capacidad de pago”, explicó la abogada.

Danilo Montero, director de la Oficina del Consumidor Financiero, ha señalado que esta es una cláusula que está en los contratos, por lo que los clientes deben leerlos y consultar qué podría pasar.

En marzo pasado, Alan Calderón, actual gerente general interino del Banco Nacional, indicó que dada la crisis generada por la pandemia se valoraba un conjunto de medidas de salvamento y medidas alternativ­as, para ayudar a diferentes sectores, por ejemplo, reestructu­raciones de crédito y reduccione­s en tasas de interés. Eso podría implicar ajustes de tasa piso, que sería en los casos en que correspond­a.

Se consultó sobre si en las readecuaci­ones de crédito que ha realizado el Banco Nacional se ha readecuado el tema de la tasa piso y tasa techo.

“En casos en los que se han hecho readecuaci­ones y estas han implicado ajustar las tasas piso y techo, se ha hecho”, respondió Gamboa.

Se consultó también si el banco utiliza tasa piso y tasa techo en los nuevos créditos.

“Actualment­e a los créditos del Banco Nacional sólo se les establece tasa piso y techo (deben ser ambas) si existe una solicitud expresa del cliente, la cual debe constar en el expediente de crédito. Los niveles varían según nivel de riesgo de la actividad económica. En colones las tasas piso van desde 7% hasta 18% y las techo van desde el 15% al 26%”, respondió Gamboa.

“LA TASA PISO ES UNA HERRAMIENT­A DE PROTECCIÓN DE LA ENTIDAD FINANCIERA ANTE UNA TASA VARIABLE POR LA DISMINUCIÓ­N EN LAS TASAS; SIN EMBARGO, PARA QUE HAYA EQUILIBRIO, JUSTICIA Y EQUIDAD EN LA RELACIÓN DE CONSUMO SE REQUIERE QUE LA MISMA PROTECCIÓN SEA PARA EL CONSUMIDOR, VALGA DECIR QUE SI LA TASA SE DISPARA EL CONSUMIDOR NO VAYA A PERDER LA GARANTÍA POR FALTA DE CAPACIDAD DE PAGO”, Adriana Rojas Abogada

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RAFAEL PACHECO El crédito para vivienda con tasa piso fue otorgado por el Banco Nacional el 20 de mayo del 2008.

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