La Nacion (Costa Rica)

Listas reglas para nuevo juicio contra empleado por daño a planta de Recope

››Fiscalía podrá pedir penas más fuertes que en el primer debate

- Carlos Arguedas C. carguedasc@nacion.com

La Sala Tercera definió las reglas que deben seguirse en el nuevo juicio contra un empleado de la Refinadora Costarrice­nse de Petróleo (Recope), a quien se le atribuye dañar las conexiones de un enorme tanque de almacenami­ento de gas durante la huelga del 2018.

Los magistrado­s, en una resolución dictada el pasado 14 de agosto, confirmaro­n que el proceso debe ser dirigido por un tribunal colegiado (tres jueces), y que tanto el Ministerio Público como los representa­ntes de la acción civil (Recope) podrán pedir sanciones más altas para el imputado que las solicitada­s en el primer juicio.

Paralelame­nte, el Tribunal Penal de Juicio de Limón fijó para el 2 de octubre, a la 1:30 p. m., la fecha para el nuevo debate.

En este caso, el imputado es Carlos Andrés Pérez Sánchez, de 29 años y quien se desempeña como empleado de mantenimie­nto de Recope, en la planta ubicada en Moín, Limón.

Antecedent­e. Pérez fue detenido la noche del 11 de setiembre del 2018, cuando aparenteme­nte huía de la planta, luego de que se causaran daños a la válvula de una esfera que guarda gas licuado de petróleo (LPG, en inglés), justo en el momento en que un barco se disponía a descargar el producto.

El hecho se dio en el segundo día de la huelga contra el entonces proyecto de Ley de Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas, conocido como reforma fiscal y a la postre aprobado por la Asamblea Legislativ­a en diciembre de ese mismo año. Los empleados de Recope se habían sumado al movimiento.

De manera cautelar, el imputado estuvo 14 días en prisión preventiva. Quedó en libertad el 26 de setiembre, cuando el Tribunal de Flagrancia de Limón le ordenó presentars­e a firmar, no acercarse a las instalacio­nes de la Refinadora, mantener domicilio fijo y no acercarse a testigos.

El caso llegó a juicio en noviembre del 2018 y el Tribunal de Flagrancia lo condenó a dos años de prisión por el delito de daños agravados. En el castigo, que se emitió el 27 de noviembre, se inhabilitó al trabajador para el ejercicio de cargos públicos durante 10 años.

Asimismo, el juez Sergio

Céspedes Rivera, quien dictó el fallo, envió a Pérez a seis meses de prisión preventiva mientras la resolución adquiría firmeza. La restricció­n de la libertad la fundamentó en el peligro de que incurriera en un nuevo delito.

Sin embargo, el Tribunal de Apelación de Sentencia de Goicoechea, el 26 de febrero del 2019, anuló la pena, ordenó la realizació­n de un nuevo juicio y, al mismo tiempo, mandó a poner en libertad a Pérez de manera inmediata.

Empero, la Fiscalía Adjunta de Limón planteó ante la Sala Tercera un recurso de casación contra esa resolución, que finalmente fue resuelto el pasado 14 de agosto.

Disputas. Los magistrado­s, al dilucidar las pugnas legales entre defensa y Fiscalía que se han presentado en este proceso, dispusiero­n que el asunto debe ser conocido por un tribunal integrado por tres jueces y no por uno solo, como sucedió en la primera ocasión.

La razón es que Pérez fue acusado del delito de atentado contra plantas, conductore­s de energía y de comunicaci­ones, previsto en el artículo 260 del Código Penal, cuya pena está regulada en los artículos 255 y 264. El castigo oscila entre un mes (mínimo) y cinco años y cuatro meses (máximo).

Según la Ley Orgánica del Poder Judicial, los juicios en los cuales la pena probable sea mayor a cinco años deben ser conocidos por un tribunal colegiado.

El otro aspecto dictaminad­o por los altos jueces de casación penal es que en el nuevo debate “no aplica en el caso concreto el principio de no reforma en perjuicio”.

Esto significa que el Ministerio Público y el actor civil tienen la libertad de solicitar una pena mayor a los dos años, que fue la que se impuso en el primer debate.

 ?? Raúl Cascante ?? Carlos Andrés Pérez (izquierda) estuvo preso tres meses por este caso; fue liberado en febrero del 2019. Al dejar la cárcel de Limón, lo acompañó su abogado, Henry Loaiza.
Raúl Cascante Carlos Andrés Pérez (izquierda) estuvo preso tres meses por este caso; fue liberado en febrero del 2019. Al dejar la cárcel de Limón, lo acompañó su abogado, Henry Loaiza.

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