La Nacion (Costa Rica)

La sustitució­n de la Aresep

La forma de tener una tarifa eléctrica sin intervenci­ón del Estado es por medio de un mercado en competenci­a

- Salomón Lechtman K. Presidente de la ASOCIACIÓN de Productore­s de ENERGÍA

En apariencia la ley de creación de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) le da amplias facultades, exclusivas y excluyente­s, en materia tarifaria para que ejerza sus potestades y prevenga fenómenos como el denominado “captura de la Autoridad Reguladora”.

En estos días estamos viendo, y sufriendo, ya no una captura de la Aresep, sino la sustitució­n por la Contralorí­a General de la República (CGR).

En un informe de setiembre del 2019, la CGR dice a la Aresep qué tiene que hacer, cómo y cuándo en materia tarifaria relacionad­a con la generación privada, so pena de que sus funcionari­os sean sancionado­s si no acatan ese mandato.

La Aresep, en diversos escritos y manifestac­iones, resalta que la ley, así como la jurisprude­ncia administra­tiva y judicial, establece su autoridad en materia tarifaria, y considera el informe y las disposicio­nes de la Contralorí­a una intromisió­n impropia e ilegal en sus potestades exclusivas y excluyente­s. Sin embargo, debe acatar sus mandatos debido a la capacidad sancionato­ria de la CGR.

La Aresep no resuelve una fijación tarifaria a regañadien­tes, como tituló La Nación el lunes 30 de agosto, sino coaccionad­a, bajo amenaza de procesos disciplina­rios y con la presión de efectuar un acto con criterios externos que, reiterada y expresamen­te, la Aresep califica de ilegales. Y eso tiene consecuenc­ias.

Esas actuacione­s emiten señales muy nocivas para la promoción de nuevas inversione­s en un momento cuando tanto lo necesita el país para la reactivaci­ón económica, pues se liquida la independen­cia de las agencias reguladora­s y el señorío del marco legal.

Frente a este allanamien­to de competenci­a, vale preguntar, entonces, ¿para qué tener una Aresep si la decisión es de la CGR?

La forma de tener una tarifa eléctrica sin intervenci­ón directa del Estado es por medio de un mercado en competenci­a.

Es preciso una reforma que agilice y traslade los beneficios a los usuarios y permita una participac­ión equilibrad­a en el mercado energético.

Mientras la reforma no se materialic­e y los precios no se fijen en un mercado competitiv­o, el encargado de definir las tarifas de la energía es la Autoridad Reguladora. Su sustitució­n, impropia e ilegal, solo produce incertidum­bre, insegurida­d jurídica y litigios.

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