Fedefútbol sigue con prohibiciones ante el Registro Público
A pesar de los intentos de la Federación Costarricense de Fútbol (Fedefútbol) por levantar su inmovilización ante el Registro Público, la cual le impide ante dicha entidad inscribir documentación, reglamentos, fiscales o bienes muebles e inmuebles, la prohibición sigue.
Esto debido a que la última asamblea de la Liga de Ascenso, el pasado 17 de julio del 2020, también está siendo fiscalizada por encontrar motivos de inconsistencia, los cuales fueron alertados ante el Registro Público por el presidente del equipo de Curridabat, Víctor Granados. Este club perdió su categoría en la segunda división por una situación administrativa y fue a dar a Linafa.
“La Federación Costarricense de Fútbol al día de hoy se encuentra con su personería inmovilizada en el Registro Público, sección de personerías jurídicas, en razón que uno de sus asociados, la Liga de Ascenso, de acuerdo al tribunal administrativo, cometió una serie de irregularidades en la votación de la elección del Comité Ejecutivo el día 23 de agosto del 2019, en la cual se reeligió como presidente a Rodolfo Villalobos para el período 2019- 2023”, reveló Noel Ibo Campos, exvicepresidente federativo.
La resolución del Registro Público quedó en firme desde el pasado 29 de mayo del 2020 y fue notificada a la Fedefútbol el 30 de junio del 2020. La misma fue ratificada el 15 de setiembre según el expediente número DPJ-055-2019.
Campos explicó que el alcance de la resolución le impide a la entidad inscribir documentación, reglamentos, el fiscal o bienes muebles e inmuebles, de acuerdo con su experiencia como abogado.
Por su parte, ante consultas de La Nación, la Fedefútbol aseguró que trabaja de forma normal en la parte administrativa, y que esta situación no pone en riesgo la organización del Mundial Femenino Sub-20 ni fogueos o preparación de las diferentes selecciones, incluyendo la masculina Mayor.
Las inconsistencias dadas a conocer por el Registro, el 5 de marzo del 2020, fueron los votos de los delegados de Linafa estando la personería del asociado vencida, la participación como delegados de la Liga de Ascenso de miembros que no fueron nombradas para tal cargo por una asamblea general da asociados y no contar con el libro de actas debidamente legalizado en el Registro de Asociados al momento de la asamblea, exigidos por el artículo 17 de la Ley de Asociaciones.