Abuso institucional
Me he desempeñado como asalariado y trabajador independiente a la vez. De acuerdo con el artículo 71 de Ley de Protección al Trabajador, quien desempeñe labores por cuenta propia y esté afiliado a un fondo voluntario de pensiones tiene derecho a una exoneración parcial de la cuota que se paga a la seguridad social.
Cuando solicité la aplicación, dos años después del «estudio», la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) resolvió, esgrimiendo el absurdo y hasta ridículo argumento, que no procede la devolución porque de mi salario sale el aporte de las cuotas al fondo voluntario y no de mis ingresos como trabajador independiente, lo cual carece de sustento legal.
Entre otros abusos de la CCSS están que a los trabajadores independientes nos cobran la seguridad social con una base escalonada que asciende a casi el doble de lo que paga el asalariado; no existe mecanismo ágil por medio del cual uno pueda reportar mes a mes el ingreso, como sí lo hay para el asalariado; y el Departamento de Inspección de la CCSS tiene en curso cientos de procedimientos administrativos en contra de trabajadores independientes, asegurados según las reglas determinadas por la propia CCSS durante muchos años y que, contra los propios actos de la institución, ahora cobra sumas millonarias de manera retroactiva, entre otros.
Es hora de que la CCSS defina con claridad las reglas del aseguramiento, considerando los principios de igualdad, legalidad, proporcionalidad y razonabilidad constitucionales.
Jorge F. Salgado Portuguez
Curridabat