Congreso abre vía para llegada de inversionistas de capital de riesgo
›Iniciativa reduce monto mínimo de capital para optar por residencia temporal
Los diputados ajustaron el proyecto que pretende incentivar la atracción de pensionados rentistas al país, para incluir entre sus beneficiarios a aquellos extranjeros que inviertan en fondos de capital de riesgo o en proyectos de infraestructura turística sostenible.
Dicha modificación al texto fue aprobada el pasado miércoles 20 de enero en la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa, en atención a una sugerencia de la Coalición Costarricense de Iniciativas de Desarrollo (Cinde).
Así lo confirmó la legisladora liberacionista Silvia Hernández, una de las promotoras del proyecto, junto con la socialcristiana María Inés Solís y la restauracionista Mileidy Alvarado.
Hernández comentó que la recomendación de Cinde era adicionar a la iniciativa otras modalidades de inversión.
Otra propuesta de la Coalición que fue acogida por la Comisión fue incluir dentro de los beneficios que disfrutan estos inversionistas exoneraciones a la importación de instrumentos o materiales para el ejercicio profesional o científico.
La liberacionista explicó que la intención de este ajuste es atraer la inversión científica o técnica especializada.
“Que vengan a realizar actividades académicas o de investigación y desarrollo, colaborando con la transmisión de conocimientos a los costarricenses”, expuso.
El proyecto, dictaminado hace dos meses, propone reducir de $200.000 a $150.000 (un 25%) el monto mínimo de capital que un inversionista, rentista o pensionado foráneo debe aportar a las autoridades migratorias como requisito para optar por una residencia temporal.
Reactivación.
La iniciativa busca promover la llegada de este tipo de extranjeros al país, como parte de los planes de reactivación de la economía.
En cuanto a inversionistas, el texto dictaminado no especificaba cuáles son; solo establece una serie de incentivos para su establecimiento en el país.
En la actualidad, el reglamento de la Ley de Migración y Extranjería exige una suma de $200.000 libres de impuesto de renta a foráneos para su establecimiento como residente temporal en Costa Rica.
La iniciativa impulsada por la diputada liberacionista Silvia Hernández, la socialcristiana María Inés Solís y la restauracionista Mileidy Alvarado plantea bajar el monto a $150.000.
El texto indica que la suma incluye bienes inmuebles o inscribibles, acciones, valores y proyectos productivos o de interés nacional.
Exoneraciones.
Otro de los ajustes aprobados por la Comisión deja más claro que las exoneraciones fiscales tendrán una duración de cinco años, el mismo tiempo de vigencia de la iniciativa.
Hernández explicó que, a pesar de los cinco años de vigencia de la ley, si un extranjero ingresa al quinto año de implementación de la normativa, el beneficio empieza a correr desde ese momento hasta que se cumpla el quinquenio.
Otra moción aclara que las sumas declaradas como ingreso para hacerse acreedor a los beneficios de la ley, estarán exentas del impuesto de renta.
No obstante, las rentas obtenidas en el territorio nacional resultantes de las inversiones realizadas en el país sí estarían gravadas con ese tributo.
Además, otra moción dejaría por sentado que para mantener los beneficios de la legislación, no es obligatorio demostrar una permanencia mínima de días en Costa Rica.
“No hay un tiempo previo requerido en la actualidad. La ley no tiene efectos retroactivos. Una vez entrada en vigencia la ley, la persona puede iniciar los trámites para adquirir esa condición migratoria y una vez que la obtenga, tendría los beneficios”, explicó Hernández.
Todos los ajustes fueron propuestos por Hernández, Solís y Alvarado.
Se aprobaron con los votos de ochos diputados de los partidos Liberación Nacional (PLN), Unidad Social Cristiana (PUSC), Acción Ciudadana (PAC), Restauración Nacional (PRN), Republicano Social Cristiano (PRSC) y del bloque fabricista.
Las proponentes habían presentado otra iniciativa que establecía que los beneficiarios podrían importar hasta dos vehículos de transporte para uso personal o familiar, libres de todos los impuestos de importación, arancelarios y de valor agregado.
La propuesta indicaba que, en caso de pérdida del vehículo por robo, destrucción total por fuego, inundación, colisión o accidente, ocurrido durante el periodo de vigencia de esta ley, el propietario podrá importar otro automotor libre de los impuestos indicados.
Si la persona vende el automotor a una tercera persona, deberá pagar los impuestos correspondientes. Sin embargo, Hernández pidió rechazar la moción porque la redacción presentada errores de forma que podrían inducir al error en su interpretación.