Fiscalía solicita cárcel para alcalde, exfiscala y exmagistrado
Pedido de 5 años para Johnny araya, e igual pena para Berenice smith y celso Gamboa
›Juicio por presunto tráfico de influencias continuará este miércoles
La Fiscalía pidió, en total, 15 años de prisión para el actual alcalde de San José, Johnny Araya Monge; la exfiscala adjunta Berenice Smith Bonilla, y el exmagistrado y exsubjefe del Ministerio Público, Celso Gamboa Sánchez.
A los tres se les vincula con un presunto delito de tráfico de influencias antes de las elecciones municipales del 2016, cuando, según el órgano acusador del Estado, habrían “desvirtuado la información de que Araya Monge figuraba como persona imputada en una causa penal”.
Por ello, este martes, los representantes fiscales, Melissa Quirós Rodríguez y José Pablo Miranda Hurtado, solicitaron una pena de cinco años de cárcel para cada uno de los acusados, así como el mismo tiempo de inhabilitación de cargos públicos, incluidos los de elección popular.
El fiscal destacó que, en caso de que su petición sea acogida por los jueces, ellos estarían anuentes a que luego de la valoración de los arraigos procesales respectivos, se les brinde el beneficio de ejecución condicional de la pena, con lo cual no irían a una celda y planteó como opción el uso de tobillera electrónica.
El planteamiento fue hecho en la Sala 3 de los Tribunales del Segundo Circuito Judicial de San José, ubicado en Goicoechea, luego de una extensa argumentación de más de seis horas en las que explicaron por qué debe castigarse a los tres imputados.
Para el Ministerio Público, Araya obtuvo una ventaja indebida, pues al supuestamente modificarse el expediente de una causa penal donde figuraba, no fue incluido dentro de una publicación de La Nación.
Esta se hizo antes de los comicios electorales de hace cinco años, donde se detalló quiénes eran los aspirantes a alcalde con algún juicio pendiente y también se mencionó a aquellos con denuncias penales.
Miranda manifestó que Gamboa y Smith violaron el deber de probidad y destacó que no hubo igualdad para otorgar a Araya un documento que solicitó para demostrar a la periodista Mercedes Agüero Rojas que él no era imputado en una causa del 2012.
“El deber de probidad, en este caso concreto, sufre una violenta transgresión, una grosera transgresión por parte de los imputados, quienes se apartan de su deber legal de mover sus acciones dirigidas a la probidad como buen funcionario público (...).
”La finalidad de la ventaja indebida es un tema muy sensible, ¿pero qué se buscaba? Impedir el deber y el derecho de información de los ciudadanos a tener acceso a información veraz para la toma de decisiones, este es el fin de la ventaja indebida (...).
”No era para saber si a don Johnny (Araya) le gustaba un equipo de fútbol u otro o si iba de vacaciones a un lugar u otro. Era para la toma de decisiones de un puesto de elección popular”, aseveró Miranda.
El representante fiscal también destacó que hubo una afectación real a la imagen del Poder Judicial y expuso una serie de opciones que, a su criterio, tenían los acusados para aclarar en qué término se encontraba el caso en el que se denunció a Araya en el 2012.
El caso. A los tres implicados se les relaciona con hechos ocurridos antes de las elecciones municipales del 2016, cuando supuestamente se afectó la información de un expediente en el que figuraba Araya Monge.
El político aparecía, junto con otras tres personas, en una causa por el supuesto delito de influencia contra la Hacienda Pública, la cual fue desestimada en marzo del 2016.
Los hechos que originaron este asunto se remontan a diciembre del 2015, cuando La Nación pidió al Ministerio Público corroborar si Johnny Araya y los otros 604 candidatos a alcaldes tenían pesquisas abiertas.
La presunta anomalía en el expediente en que figuraba Araya consta en una denuncia presentada ante la Inspección Judicial por la jefa de prensa del Ministerio Público, Tatiana Vargas Vindas.
De acuerdo con la funcionaria, en la gestión a favor del actual jerarca municipal habrían intervenido Gamboa, entonces fiscal adjunto y el asistente de la Fiscalía General, Justo Pastor López, así como Smith, otrora fiscala adjunta de Probidad.
Según el artículo 52 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, el tráfico de influencias es sancionado con pena de prisión de dos a cinco años.