La Nacion (Costa Rica)

Donaciones tienen nuevas reglas para periodo fiscal 2021

››Variantes surgen tras una resolución publicada en enero del presente año

- Patricia Leitón pleiton@nacion.com

Las asociacion­es y fundacione­s para obras de bien social, científica­s o culturales; y organizaci­ones civiles y deportivas declaradas de utilidad pública, entre otras entidades que reciben donaciones, afrontan nuevos requisitos para el periodo fiscal del 2021.

Los bienes entregados son importante­s no solo para quienes los obtienen. Quienes donan pueden incluir el monto de ese rubro como un gasto deducible en su declaració­n del impuesto sobre la renta, siempre y cuando no supere el tope del 10% sobre la renta neta, mantenga el comprobant­e y el receptor sea un ente autorizado, explicó Marco Vargas, contador público, socio de la firma Vargas Vargas & Asociados.

La Ley 9635 (Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas) introdujo cambios en esta materia, entre ellos, precisamen­te impuso el tope de 10% de la renta neta calculada del contribuye­nte, sin tomar en cuenta lo que entregó y además estableció que las donaciones en especie se tasarán a su valor de mercado.

Para delimitar los alcances de la Ley 9635, el 22 de enero del 2021 la Dirección General de Tributació­n emitió la resolución DGT-R-04-2021 titulada: Requisitos para la atención de solicitude­s para recibir donaciones deducibles del Impuesto a las utilidades por parte del donante.

Según el artículo 19 de dicha normativa, los nuevos requerimie­ntos aplican una vez hecha su publicació­n; es decir, a partir del periodo fiscal 2021.

Cambios. Entre los requisitos para recibir donaciones se encuentran que las actividade­s que se desarrolle­n se deben dar solamente dentro del territorio nacional, antes no existía dicha limitación.

Además, el representa­nte legal debe estar inscrito en el RUT (Registro Único Tributario), que es un elemento nuevo, detalló Vargas.

Otra disposició­n es presentar el formulario D-408, denominado: Solicitud de Autorizaci­ón o Renovación para Recibir Donaciones, y el trámite se debe ejecutar en la plataforma Travi con estados financiero­s debidament­e firmados por el representa­nte legal y contador privado responsabl­e y ahora se pide que la firma sea digital, antes era manual.

Para el experto, un aspecto importante es que ahora las donaciones en especie deben tener valor de mercado.

La resolución también delimita aquellas entidades que no urgen un aval previo para recibir donaciones, entre ellos el Estado, y algunas otras que ya tenían esta autorizaci­ón e incorporan una nueva, el Museo de Energías Limpias de Bagaces.

Del mismo modo, el especialis­ta comentó que en el futuro aquellos que reciben donaciones deberán de estar incluídos también en el Registro de Transparen­cia y Beneficiar­ios Finales del Banco Central de Costa Rica (BCCR).

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