Sala III rechaza apelaciones contra método de extracción de datos en caso UPAD
La Sala III declaró inadmisibles los recursos presentados por los defensores del presidente de la República, Carlos Alvarado, y de otros implicados en el caso UPAD contra el método propuesto por la Fiscalía para analizar los datos extraídos de los dispositivos electrónicos decomisados a los investigados.
Según un comunicado de prensa difundo la noche de este martes por Rodolfo Brenes Vargas y Róger Guevara Vega, defensores de Alvarado, el alto tribunal rechazó las apelaciones.
Este procedimiento permitiría a la Fiscalía tener acceso a la totalidad de la información almacenada en los teléfonos y computadoras secuestradas por el caso de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD).
Los aparatos fueron confiscados durante el allanamiento a Casa Presidencial en febrero del 2020.
“La defensa técnica del presidente acaba de ser notificada de una resolución de la Sala III, en la que declaró inadmisibles los recursos de apelación presentados por cuatro defensores, de personas investigadas en el caso conocido como UPAD”, indica el comunicado.
Según el comunicado, las apelaciones fueron declaradas inadmisibles porque el Código Procesal Penal no contempla expresamente este tipo de recursos en el procedimiento especial para juzgar a los miembros de los Supremos Poderes.
“Es decir, la apelación no fue rechazada por el fondo, o porque los argumentos no fueran pertinentes, sino por una limitación de procedimiento, que existe en estos casos y que reduce las posibilidades de defensa que sí otorga el procedimiento común a todas las personas investigadas.
”Esta resolución pone en evidencia algo que se viene señalando desde hace tiempo, y es que este procedimiento es arcaico, cosa que hizo notar la misma Fiscala General, es además contrario a los derechos constitucionales y a las garantías judiciales.
”Respetamos a la honorable Sala Tercera, pero no compartimos su resolución. Analizaremos cuidadosamente la situación en que nos encontramos”, agregaron los defensores del mandatario.
Cuestionado. El pasado 22 de enero, los abogados de Alvarado presentaron la apelación para evitar que se realice un procedimiento distinto al usual para extraer la prueba de los aparatos decomisados por el caso de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD), en el que se investiga si Casa Presidencial accedió a datos confidenciales de los habitantes.
Los defensores habían alegado que la Sala III indicó, en dos resoluciones, que las partes tienen que establecer parámetros de búsqueda para filtrar la información almacenada en los dispositivos del presidente y encontrar los datos relevantes para el caso.
“La propia Sala III ha reconocido que la información contenida en los dispositivos electrónicos, que no esté relacionada con los hechos y sea de naturaleza privada, sigue estando cubierta por el artículo 24 de la Constitución y las demás normas que tutelan el derecho a la privacidad, es decir, sigue siendo confidencial”, dijeron en febrero.
Explicaron que lo usual en los procesos penales es que, una vez definidos los parámetros ante un juez de garantías, se filtra la información de los dispositivos mediante un software forense especializado, siempre de forma privada y en presencia del juez.
Según Guevara y Brenes, en este caso, la Fiscalía no utilizará este procedimiento.
“La Fiscalía General propuso aplicar un procedimiento ad hoc, que nunca se ha aplicado en la historia judicial de este país. Ese procedimiento (...) cambió las reglas fijadas por la Sala III y le permite a la Fiscalía revisar la totalidad de la información, sin la presencia de las partes, lo que es gravísimo”, dijeron en febrero.