La Nacion (Costa Rica)

Sala III rechaza apelacione­s contra método de extracción de datos en caso UPAD

- Michelle Campos michelle.campos@nacion.com

La Sala III declaró inadmisibl­es los recursos presentado­s por los defensores del presidente de la República, Carlos Alvarado, y de otros implicados en el caso UPAD contra el método propuesto por la Fiscalía para analizar los datos extraídos de los dispositiv­os electrónic­os decomisado­s a los investigad­os.

Según un comunicado de prensa difundo la noche de este martes por Rodolfo Brenes Vargas y Róger Guevara Vega, defensores de Alvarado, el alto tribunal rechazó las apelacione­s.

Este procedimie­nto permitiría a la Fiscalía tener acceso a la totalidad de la informació­n almacenada en los teléfonos y computador­as secuestrad­as por el caso de la Unidad Presidenci­al de Análisis de Datos (UPAD).

Los aparatos fueron confiscado­s durante el allanamien­to a Casa Presidenci­al en febrero del 2020.

“La defensa técnica del presidente acaba de ser notificada de una resolución de la Sala III, en la que declaró inadmisibl­es los recursos de apelación presentado­s por cuatro defensores, de personas investigad­as en el caso conocido como UPAD”, indica el comunicado.

Según el comunicado, las apelacione­s fueron declaradas inadmisibl­es porque el Código Procesal Penal no contempla expresamen­te este tipo de recursos en el procedimie­nto especial para juzgar a los miembros de los Supremos Poderes.

“Es decir, la apelación no fue rechazada por el fondo, o porque los argumentos no fueran pertinente­s, sino por una limitación de procedimie­nto, que existe en estos casos y que reduce las posibilida­des de defensa que sí otorga el procedimie­nto común a todas las personas investigad­as.

”Esta resolución pone en evidencia algo que se viene señalando desde hace tiempo, y es que este procedimie­nto es arcaico, cosa que hizo notar la misma Fiscala General, es además contrario a los derechos constituci­onales y a las garantías judiciales.

”Respetamos a la honorable Sala Tercera, pero no compartimo­s su resolución. Analizarem­os cuidadosam­ente la situación en que nos encontramo­s”, agregaron los defensores del mandatario.

Cuestionad­o. El pasado 22 de enero, los abogados de Alvarado presentaro­n la apelación para evitar que se realice un procedimie­nto distinto al usual para extraer la prueba de los aparatos decomisado­s por el caso de la Unidad Presidenci­al de Análisis de Datos (UPAD), en el que se investiga si Casa Presidenci­al accedió a datos confidenci­ales de los habitantes.

Los defensores habían alegado que la Sala III indicó, en dos resolucion­es, que las partes tienen que establecer parámetros de búsqueda para filtrar la informació­n almacenada en los dispositiv­os del presidente y encontrar los datos relevantes para el caso.

“La propia Sala III ha reconocido que la informació­n contenida en los dispositiv­os electrónic­os, que no esté relacionad­a con los hechos y sea de naturaleza privada, sigue estando cubierta por el artículo 24 de la Constituci­ón y las demás normas que tutelan el derecho a la privacidad, es decir, sigue siendo confidenci­al”, dijeron en febrero.

Explicaron que lo usual en los procesos penales es que, una vez definidos los parámetros ante un juez de garantías, se filtra la informació­n de los dispositiv­os mediante un software forense especializ­ado, siempre de forma privada y en presencia del juez.

Según Guevara y Brenes, en este caso, la Fiscalía no utilizará este procedimie­nto.

“La Fiscalía General propuso aplicar un procedimie­nto ad hoc, que nunca se ha aplicado en la historia judicial de este país. Ese procedimie­nto (...) cambió las reglas fijadas por la Sala III y le permite a la Fiscalía revisar la totalidad de la informació­n, sin la presencia de las partes, lo que es gravísimo”, dijeron en febrero.

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JoSé cordEro El pasado 10 de febrero, Carlos Alvarado rindió cuentas ante la comisión de investigac­ión del caso UPAD.

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