Ministra pide a mejengueros apegarse a ‘metegol humano’
La ministra del Deporte, Karla Alemán Cortés, ratificó este lunes que las canchas de fútbol cinco no cuentan con autorización para la práctica regular de estas modalidades, y que lo único permitido vía protocolo es el denominado “metegol humano”.
La jerarca recordó que el protocolo del “metegol humano” es avalado por el Ministerio de Salud y cuenta con disposiciones compatibles con el uso responsable de los espacios; incluye distanciamiento entre los practicantes, utilización de mascarilla, desinfección e higiene constante de áreas comunes y solicitud de cita previa para disponer de las canchas.
Se trata de una modalidad que simula el “futbolín” con jugadores reales, en la cual no pueden correr por toda la cancha sino que se limitan a espacios demarcados. Así, se evita el contacto normal de una mejenga, pero se mantiene la posibilidad de jugar. Nació “de la necesidad”, en el marco de la pandemia de coronavirus, según su inventor, el argentino Ramiro Fabris.
En nuestro país, a raíz del aumento desmedido de denuncias, llamadas y publicaciones acerca de personas utilizando este tipo de instalaciones para partidos de fútbol cinco o las típicas mejengas, la funcionaria hizo un llamado a la conciencia, tanto a dueños, como a administradoras y practicantes, en medio de la difícil situación que se atraviesa.
“Debemos honrar y respetar los acuerdos por el bien común, para tener una Costa Rica saludable. Esa es nuestra responsabilidad”, indicó la ministra, quien agregó que se trabaja de la mano con el presidente ejecutivo del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), Patricio Morera Víquez, y el director de la Unión de Canchas de Fútbol Sintético (Ucafusi), Manfred Rodríguez Rodríguez, para llamar a la responsabilidad y generar actitudes acordes con la ola pandémica que está afectando a Costa Rica.
“Es nuestra responsabilidad velar por que los protocolos en las canchas sintéticas se cumplan”, acotó Rodríguez.
Los recintos que incumplan las órdenes sanitarias se pueden ver afectados con una multa de ¢462.000 y el cierre del negocio por tres días, en primera instancia, y por 15 días, en caso de reincidir. •