Mujer condenada por explotar a niña de 13 años en servicios sexuales
Una mujer fue sentenciada a 14 años de prisión por utilizar a una niña de 13 años para que tuviera relaciones sexuales pagadas con hombres adultos.
La pena la dictó el viernes anterior el Tribunal de Juicio de San José, cuando se condenó a Johanna Castro Castro por los delitos de trata de personas en su modalidad de explotación sexual y laboral.
La oficina de prensa del Ministerio Público comunicó que en el mismo debate también se sentenció a Carlos Humberto Rodríguez Arias, de 50 años, a cumplir una pena de seis años, al encontrarlo culpable de dos delitos de actos sexuales remunerados con persona menor de edad.
Los hechos que generaron este proceso judicial ocurrieron durante el 2018, cuando Castro viajó a Nicaragua y consiguió que los padres de la víctima, de 13 años, le concedieran permiso para traerla a Costa Rica, con la promesa ponerla a estudiar y mejorar su calidad de vida.
Sin embargo, durante el debate, la Fiscalía Adjunta contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes consiguió demostrar que cuando la menor estuvo en el país, la imputada, que habitaba en un barrio de San José, ofreció a la niña a personas adultas para que tuvieran relaciones sexuales.
En el juicio y con fundamento en la declaración de la víctima, se pudo comprobar que Rodríguez sostuvo encuentros sexuales con la menor de edad, por los cuales pagó sumas de dinero.
También, con base en los elementos probatorios aportados en el juicio, se pudo evidenciar que Castro sometió a la ofendida a explotación laboral, pues la obligaba a realizar labores domésticas, y la agredía física y psicológicamente cuando no estaba satisfecha con el trabajo realizado.
Estos hechos habían sido juzgados en un primer debate, en el 2019. En esa ocasión, el tribunal condenó a Castro Castro a nueve años de cárcel, y a Rodríguez, a tres años.
Sin embargo, la Fiscalía impugnó la sentencia.
Así logró que, el 13 de abril del 2020, el Tribunal de Sentencia Penal de Goicoechea anulara el primer debate y ordenara un juicio de reenvío solamente para la fundamentación de la pena.