La Nacion (Costa Rica)

Nueva ley concursal

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La protección judicial durante una crisis o cuando la crisis está a las puertas evita la destrucció­n de riquezas construida­s con mucho esfuerzo.

La preservaci­ón de las empresas cuando encaran dificultad­es financiera­s, pero conservan la posibilida­d de salir adelante, es una vieja preocupaci­ón de gobiernos, especialis­tas en derecho comercial, administra­dores y economista­s. Las razones son obvias, comenzando por el empleo y los efectos en los emprendimi­entos encadenado­s.

El valor de la empresa es mayor que el de sus componente­s materiales. Preservarl­o es beneficios­o para toda la sociedad. Con frecuencia, las crisis son producto de decisiones mal tomadas en determinad­o momento o de circunstan­cias ajenas a los directivos y administra­dores. La pandemia de la covid-19 brinda ejemplos en todo el mundo.

La trascenden­cia se comprende mejor si se toma en cuenta la existencia de 486 procesos concursale­s pendientes de resolución en los tribunales del país y la presentaci­ón de 222 casos de personas y empresas con dificultad­es para hacer frente a sus obligacion­es y seguir operando.

Para conservar las empresas sumidas en crisis y encontrar nuevos caminos hacia la prosperida­d, el legislador dispone períodos de protección y congelamie­nto de pagos cuando el análisis preliminar acredita la posibilida­d de superar el mal momento y atender las obligacion­es. No obstante, la ley nacional estaba necesitada de una revisión y, si bien quedaron materias por tratar, la Asamblea Legislativ­a aprobó una reforma significat­iva el 16 de febrero. El presidente, Carlos Alvarado, la firmó a mediados de este mes y entrará en vigor seis meses después de la publicació­n en La Gaceta.

En plena crisis, el tiempo y la oportunida­d de las decisiones desempeñan un papel de capital importanci­a. Determinar la viabilidad de la empresa con celeridad es indispensa­ble para asegurar la continuida­d del negocio y, también, para proteger los intereses de los acreedores. Como suele suceder en Costa Rica, la decisión se prolongaba en exceso. La nueva ley pretende impedirlo con plazos abreviados para el intervento­r. En 15 días naturales deberá determinar si la empresa es viable y, luego, los acreedores y el administra­dor tendrán 25 días naturales para acordar el plan de salvamento.

En ese caso, bastará la conformida­d del 51 % de los primeros, no del 66,6 % como hasta ahora. A falta de viabilidad, la liquidació­n deberá hacerse en seis meses para velar también por los intereses de los acreedores.

Imponer a la empresa en estado crítico el pago de honorarios excesivos es otro contrasent­ido de la ley vigente. A los curadores se les reconoce un 5 % del pasivo, que en muchos casos asciende a una verdadera fortuna. La reforma faculta al juez para fijar un salario razonable. Además, los nombramien­tos recaen sobre abogados sin experienci­a en administra­ción de empresas, lo cual preocupa a Mario Gómez, asesor legal de la Asociación Bancaria Costarrice­nse (ABC), quien querría ver la participac­ión de otras disciplina­s más afines a las tareas de salvamento.

Con la misma finalidad de mantener la empresa, la nueva ley elimina obstáculos a los bancos para negociar arreglos financiero­s. Esa medida, por sí sola, podría marcar la diferencia en muchos casos. La posibilida­d de reestructu­rar deudas de empresas viables en lugar de adjudicars­e garantías, lo cual siempre constituye una dificultad, es bien recibida por los bancos.

La nueva ley contempla otras medidas de simplifica­ción del proceso. Es perfectibl­e, pero contiene suficiente­s avances para constituir­la en un aporte valioso al desarrollo económico. La protección judicial cuando se atraviesa por una crisis o cuando la crisis está a las puertas evita la destrucció­n de riquezas construida­s con mucho esfuerzo. ▪

La protección judicial durante una crisis o cuando la crisis está a las puertas evita la destrucció­n de riquezas construida­s con mucho esfuerzo

El tiempo y la oportunida­d de las decisiones desempeñan un papel de capital importanci­a. Determinar con prontitud la viabilidad de una empresa es decisivo

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