La Nacion (Costa Rica)

Fuerza Pública interviene fiesta ilegal en ‘night club’ en San José

› Autoridade­s no precisaron ubicación del sitio ni sanciones a sus propietari­os

- Carlos Arguedas C. carguedasc@nacion.com

Oficiales de la Fuerza Pública intervinie­ron, la noche de este sábado, una fiesta clandestin­a en un night club en el centro de San José pues, al parecer, se estaban incumplien­do las medidas sanitarias para evitar el contagio de la covid-19.

La informació­n la suministró de manera escueta, este domingo, la oficina de prensa del Ministerio de Seguridad Pública (MSP), sin detallar el nombre del lugar ni la ubicación exacta.

Tampoco dio a conocer qué tipo de sanción se impuso a los propietari­os de dicho negocio.

De acuerdo con el informe, durante la noche del sábado y el amanecer domingo se hicieron 594 inspeccion­es, de las cuales 132 obedeciero­n a denuncias sobre fiestas.

Asimismo, el reporte da cuenta de que se clausuraro­n 25 locales comerciale­s.

Las medidas adoptadas por la Fuerza Pública están dirigidas a que los ciudadanos acaten las disposicio­nes del Ministerio de Salud y se baje la tasa de contagio por el coronaviru­s.

Como parte de las acciones, el Ministerio de Salud clausuró la finca donde la noche del sábado se iba a realizar la megafiesta de la Asociación Cannábica Club Tokus, en Tucurrique, cantón de Jiménez, Cartago.

Alrededor de las 7:30 p. m. se hizo un allanamien­to en el sitio y se pudo constatar que no se llevó a cabo el evento, según confirmó el intendente municipal del distrito, Wilberth Quirós.

Lineamient­os a jueces. Paralelame­nte, el viernes, el Consejo Superior del Poder Judicial envió una circular a todos los jueces coordinado­res de los juzgados penales ordinarios y de turno extraordin­ario, así como de los juzgados contravenc­ionales, girando nuevos lineamient­os sobre sus posibilida­des de intervenci­ón debido a la emergencia sanitaria.

En el documento, se explica que el ordenamien­to jurídico establece la posibilida­d de intervenir en dos supuestos.

El primero es en las solicitude­s de allanamien­to por una contravenc­ión, cuando en algún sitio no abierto al público se impida la entrada a los funcionari­os del Ministerio de Salud o de la Fuerza Pública, para realizar una inspección del cumplimien­to de las medidas sanitarias.

El artículo 346 de la Ley General de Salud faculta a los funcionari­os del Ministerio a “hacer inspeccion­es o visitas para practicar operacione­s sanitarias, recoger muestras o recolectar antecedent­es o pruebas en edificios, viviendas y establecim­ientos industrial­es, de comercio y en cualquier lugar en el que pudieran perpetrars­e infraccion­es a las leyes y reglamento­s y resolucion­es aludidos”.

La segunda posibilida­d de actuación de los jueces es cuando se está ante la sospecha del delito de “violación a las medidas sanitarias” dispuesto en el artículo 277 del Código Penal. Allí se establece una pena de prisión de uno a tres años, o de 50 a 200 días multa, por la violación de las medidas impuestas por la ley o autoridade­s competente­s para impedir la introducci­ón o propagació­n de una epidemia.

 ?? SumInISTRA­dA PoR FERnAndo GuTIÉRREZ ?? La noche del sábado, las autoridade­s de Salud verificaro­n la clausura de una fiesta en Tucurrique, Cartago.
SumInISTRA­dA PoR FERnAndo GuTIÉRREZ La noche del sábado, las autoridade­s de Salud verificaro­n la clausura de una fiesta en Tucurrique, Cartago.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Costa Rica