Plazo para el 1.er pago parcial de renta vence el 30 de junio
››esta es la primera ocasión en que el adelanto se debe hacer en este mes
El próximo 30 de junio vence el primer pago parcial del impuesto sobre la renta, el cual tiene algunas particularidades desde este 2021.
Esta será la primera vez en la cual el primer pago parcial se realizará en junio, porque este año se está estrenando el periodo fiscal que va del 1.° de enero al 31 de diciembre, según la modificación que se estipuló en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (N.° 9635), de diciembre del 2018.
La otra particularidad es que, para calcular el monto a pagar, se considera el periodo fiscal 2020, el cual fue especial, de 15 meses; por lo tanto, se debe anualizar. (Ver tabla adjunta).
Para ello se toma el impuesto pagado en esos 15 meses y se divide entre 15, obteniendo así un promedio por mes, el cual se multiplica por 12.
Sociedades. Erik Ramírez, contador público autorizado con especialidad tributaria y gerente de Impuestos en Facio & Cañas, explicó que para una empresa que pagó impuestos en los últimos tres periodos fiscales (2018, 2019 y 2020), se obtiene el impuesto promedio de esos tres años (el del 2020, anualizado) y se compara con el impuesto pagado en la última declaración de renta.
Al monto que resulta mayor de la operación anterior se le aplica el 25%, y esa es la cifra a cancelar en este primer pago parcial.
Si la sociedad inició operaciones en cualquier mes del 2020, entonces no hay datos de los periodos fiscales 2018 y 2019. Por lo tanto, se selecciona el dato de la última declaración y se le aplica el 25% para calcular el pago parcial, detalló Ramírez.
¿Cómo pagarlo? En su página de Internet, el Ministerio de Hacienda explica que la cancelación de los pagos parciales se puede efectuar por medio de conectividad, en el sitio web de la entidad financiera, o bien apersonándose en las ventanillas de estas entidades.
Erik Ramírez, de Facio & Cañas, añadió que no se requiere presentar ningún formulario para realizar el pago parcial.
La persona interesado solo debe ingresar a la página web, o ir a la ventanilla de la entidad, y con el número de cédula hace la consulta en el sistema del Ministerio de Hacienda y, si el monto es correcto, procede a pagarlo.