La Nacion (Costa Rica)

Nuevas tendencias de fiscalizac­ión

- Fsalas@deloitte.com

Durante el presente período fiscal, la Administra­ción Tributaria ha iniciado varios procedimie­ntos de fiscalizac­ión tendientes a revisar el cumplimien­to de las obligacion­es que se deben declarar mediante el formulario D-103, es decir, la Declaració­n sobre Retencione­s en la Fuente.

En varias ocasiones se han realizado procedimie­ntos de comprobaci­ón o procedimie­ntos abreviados, donde la revisión se focaliza exclusivam­ente en comprobar que se hayan efectuado las retencione­s que correspond­en, según cada caso concreto.

Debemos recordar que, de existir un error u omisión en las retencione­s, el sujeto de retención se convierte en responsabl­e solidario por dicho impuesto. En otros términos, la Administra­ción Tributaria tendría el derecho de cobrar el impuesto dejado de pagar al sujeto que no realizó la retención adecuadame­nte, a pesar de tratarse de un impuesto cuyo contribuye­nte final sea un sujeto distinto.

Adicionalm­ente, si se trata de un gasto eventualme­nte deducible, pero que no fue objeto de retención como correspond­e, ese monto tampoco sería admitido por Hacienda a efecto de descontarl­o como gasto en el impuesto sobre las utilidades. De ahí la suma importanci­a de verificar el adecuado cumplimien­to de esta obligación.

Ahora bien, en esta declaració­n de retencione­s en la fuente, se incluyen varios supuestos muy distintos entre sí, pero que en todos los casos existe la obligación de realizar la retención que correspond­e a quien está efectuado el pago.

Por ejemplo, este tipo de retencione­s aplican cuando se entregan dividendos a los socios de una empresa, se cancelan intereses por inversione­s, pago de salarios o jubilacion­es, las llamadas remesas al exterior o rentas de sujetos no domiciliad­os en Costa Rica, vinculados por prestación de servicios en nuestro país.

Cada uno de estos impuestos correspond­e a una actividad o relación comercial muy distinta entre sí, el soporte documental debe obedecer a la realidad de cada supuesto.

En el caso de las remesas al exterior, el monto de la retención depende del tipo de servicio, licencia o permiso de uso, pues la tarifa no siempre es igual. En salarios o jubilacion­es, existen varios supuestos en donde las retencione­s varían según el monto o incapacida­des.

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