Estado defiende intervenir humedal para construir la carretera a San Carlos
Representantes de diferentes instituciones estatales defendieron, este jueves, la posibilidad de intervenir un humedal localizado en la zona donde se construye la carretera a San Carlos.
Así lo apuntaron en la audiencia citada por la Sala IV para conocer los argumentos de las partes en una acción presentada por los ambientalistas Allan Astorga y Álvaro Sagot, en el 2016.
Los accionantes reclaman que se declaren inconstitucionales varios artículos del decreto ejecutivo 39838-Minae, de junio de 2016, que autoriza la “intervención controlada” de humedales para permitir obras constructivas.
En el caso de la vía a San Carlos, el trazado surca un humedal en el sector de La Culebra, en el distrito de Buena Vista.
De acuerdo con los accionantes, la decisión del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) para dar espacio a la ejecución de la obra viola los artículos 7, 21, 50 y 189 de la Constitución Política.
Además, indicaron que la Convención Internacional Ramsar, de protección de los humedales, subraya que estos son vitales para la supervivencia humana, al ser fuente de diversidad biológica, de agua y de productividad primaria.
También, son reservorios de carbono y son muy importantes para el control de inundaciones.
Por su parte, en representación del Estado, la Procuraduría General de la República (PGR), enfatizó en que “no todos los humedales son áreas silvestres protegidas ni patrimonio natural del Estado”.
Citaron el voto 3855 del 2016 de la propia Sala IV en el cual se excluyó del régimen de patrimonio nacional del Estado al sistema de humedales del sistema marino cuya profundidad sea de hasta 6 metros y que no tengan relación con ecosistemas boscosos.
Pedido. La Procuraduría sugirió hacer extensiva la interpretación hecha en ese voto al caso de la vía, para excluir del patrimonio natural del Estado otros humedales que son meramente acuáticos y que no tengan relación con ecosistemas boscosos.
“Las disposiciones que se impugnan del decreto 39.838 no son inconstitucionales siempre y cuando se hagan diferentes consideraciones. La convención Ramsar, si bien es cierto establece una obligación general de proteger los ecosistemas de humedal, no establece una prohibición absoluta para realizar obras de infraestructura nacionales”, expresó Elizabeth León, representante de la PGR.
“El punto central de esta acción está en precisar que no todos los humedales son áreas silvestres protegidas ni patrimonio natural del Estado.
”Son áreas silvestres protegidas aquellas que hayan sido declaradas como tal y son patrimonio natural del Estado aquellos humedales que se ubiquen en bienes demaniales que sean propiedad del Estado o sus instituciones y que contengan ecosistemas boscosos”, manifestó León.
El ente procurador añadió que el régimen legal del Estado tampoco prevé una prohibición de desarrollar infraestructura en los humedales, sino la posibilidad de autorizar ciertas obras siempre que se lleven a cabo evaluaciones de impacto ambiental.
Agregó que el decreto 39.838 sí posee instrumentos para mitigar los posibles impactos, como una aclaratoria de conveniencia nacional, un estudio de impacto ambiental y un estudio del Sistema Nacional de Áreas de Conservación y el aval que tiene que dar este.