Ofertas privadas de valores desde $1 millón deben ser reportadas
››Empresas están obligadas a acreditar monto captado y finalidad del dinero
Las empresas y grupos económicos que realicen ofertas privadas de valores, en Costa Rica, superiores a un $1 millón, estarán obligadas a informar a la Superintendencia General de Valores (Sugeval) sobre dichos negocios.
En un plazo máximo de 10 días hábiles, el responsable de la captación privada deberá remitir la información básica de dicho negocio como monto, la finalidad de los recursos, las condiciones de la emisión y cantidad de inversionistas que participaron.
Además, deberá contar con un consentimiento firmado, por parte de los inversionistas, de que entienden los riesgos de dicha actividad.
“No queremos controlarlos, ni regularlos, ni supervisarlos. Es solamente que informen cuando se hace una oferta privada a partir de $1 millón. Esta actividad es muy diferente a la supervisada y es más grande de lo que creemos. Hay mucha oferta de recursos privados que anteriormente no tenía ningún tipo de registro”, manifestó Alberto Dent, presidente del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif).
Así se detalla en la reforma al Reglamento sobre Oferta Pública de Valores propuesta por el Consejo.
Dent explicó a La Nación que la obligación de informar sobre las ofertas privadas de valores es nueva en el país.
“Se pide que se haga una acreditación de las ofertas privadas ante la Sugeval, no es una autorización. Es simplemente que la Sugeval sepa que se está ofreciendo (a los inversionistas), se pueda verificar y se acabó”, enfatizó.
El vocero recalcó que es importante saber quién ofrece emisiones de manera privada en el país.
María Lucía Fernández, jerarca de la Sugeval, explicó que si la la entidad tiene conocimiento de omisiones en la acreditación de ofertas privadas efectuará una investigación administrativa contra la empresa.
“Ante un incumplimiento de esa naturaleza (la no acreditación) corresponderá presentar la denuncia ante el Ministerio Público”, advirtió Fernández.
Las reglas propuestas por el Conassif serán de aplicación inmediata una vez que se publique en el Diario Oficial La Gaceta, lo cual aún no ocurre.
Las nuevas disposiciones se dictan con base en un cambio legal hecho en octubre del 2019, a la Ley Reguladora del Mercado de Valores, como parte del proceso de ingreso de Costa Rica a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Dicha reforma establece que se debe dictar, vía reglamentaria, la diferenciación entre las ofertas públicas y privadas de valores; así como los mecanismos de acreditación de los negocios privados.