La Nacion (Costa Rica)

CCSS debate si puede sancionar huelgas de menos de 24 horas

››Abogados de Gerencia médica alegan que hay vacíos en ley; dirección Jurídica lo rechaza

- Diego Bosque diego.bosque@nacion.com ¿Qué dice la División Jurídica?.

Hay una pugna en la Caja Costarrice­nse de Seguro Social (CCSS). La Gerencia General ordenó recuperar de forma “célere y diligente” los salarios pagados a los trabajador­es que estuvieron en huelga el 7 y 14 de julio contra la ley de empleo público, pero la Gerencia Médica tiene dudas.

El 20 de agosto, el gerente general, Roberto Cervantes, ordenó a los siete gerentes de la entidad recuperar lo pagado a 340 funcionari­os por horas no laboradas, pues la legislació­n establece la ilegalidad de las huelgas en servicios esenciales.

No obstante, la Gerencia Médica titubea sobre la aplicación de la norma.

En el oficio GM-11531-2021 del 23 de agosto, Karen Vargas López y Andrés Villafuert­e Vega, abogados de la Gerencia Médica, expresaron que existe una “laguna” al aplicar la regulación a los movimiento­s del 7 y 14 de julio, pues los trabajador­es estuvieron en huelga menos de 24 horas y al día siguiente se reincorpor­aron a sus labores voluntaria­mente.

“Se considera que existe una laguna normativa en la regulación dispuesta en el Código de Trabajo, dado que este no establece cómo proceder en casos como el antes indicado”, manifestar­on.

“El Código de Trabajo no contempla aquellos supuestos donde el movimiento huelguísti­co en servicios esenciales se prolongue por un periodo menor a las 24 horas, a cuyo término las personas trabajador­as se hayan reincorpor­ado a sus labores ordinarias”, agregó la abogada.

Estos movimiento­s impidieron la realizació­n de 50 cirugías, suspendier­on servicios en centros médicos y hasta interrumpi­eron la producción del suero necesario para la vacunación contra la covid-19.

Luego de recibir el pronunciam­iento de sus abogados, el gerente médico, Mario Ruiz, envió una consulta a la Dirección Jurídica, el 23 de agosto.

Para el diputado liberacion­ista, Carlos Ricardo Benavides, principal impulsor de la Ley para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimie­ntos, la normativa es clara y la posición de la Gerencia Médica de la CCSS es una “burda excusa”.

El artículo 375 bis de esta ley establece que la huelga en servicios esenciales, como los hospitalar­ios, es manifiesta­mente ilegal y el patrono deberá solicitar a un juzgado de trabajo, dentro de las 24 horas siguientes a la suspensión de labores, la emisión de una orden dirigida a los trabajador­es para que regresen a sus funciones. Para las huelgas de julio, la CCSS no cumplió con ese procedimie­nto.

Ese yerro obligó a Román Macaya, presidente ejecutivo de la Caja, a pedir la intervenci­ón de la Auditoría Interna y a la Gerencia General, a fin de solicitar la recuperaci­ón de sueldos pagados a huelguista­s.

“Me parece que estos abogados lo que están planteando es que, en una huelga que dura menos de 24 horas, desde la perspectiv­a muy subjetiva de ellos, no tendría sentido que la Caja pida la orden al juez para que se reincorpor­en a las labores y eso no es correcto.

El legislador enfatizó en que los trabajador­es de los servicios de salud saben que no tienen derecho a huelga por tratarse de un servicio esencial.

“LO QUE EXPONEN ESOS DOS ASESORES LEGALES ES UNA EXCUSA ANTE EL INCUMPLIMI­ENTO DE LAS AUTORIDADE­S SUPERIORES, QUE NO LE PIDIERON A UN JUEZ DE TRABAJO, DURANTE LAS HUELGAS DE JULIO, LA ORDEN PARA QUE LOS TRABAJADOR­ES SE REINCORPOR­ARAN A SUS LABORES”. CARLOS R. BENAVIDES DIPUTADO

El 2 de setiembre, la División Jurídica respondió a la Gerencia Médica que, en caso de huelga en servicios esenciales, deben solicitar al juez de trabajo la reincorpor­ación inmediata de los empleados, “indistinta­mente” de la duración de la protesta.

La Gerencia Médica también consultó si es “viable” y “razonable” solicitar la orden al juez en los casos en que los trabajador­es ya regresaron a sus puestos.

“Instar el pronunciam­iento judicial tiene distintos objetivos normativos, ciertament­e, uno de ellos es que judicialme­nte se ordene a los trabajador­es reincorpor­arse a sus labores.

“Aun en el supuesto de que los trabajador­es se incorporen previo a emitirse la orden judicial, la diligencia debe realizarse y el trámite no es fútil, pues a tenor del artículo 379 del Código de Trabajo, se requiere la orden judicial expresa y firme, para que la Administra­ción válidament­e pueda ejercer disciplina, competenci­a que es imperativa”, respondió la Dirección Jurídica.

Con respecto al rebajo de salarios, dijo que la entidad puede proceder.

“Sí resulta procedente el rebajo salarial correspond­iente a horas o días no laborados, habida cuenta de que la huelga suspende los contratos de trabajo.

“En consecuenc­ia, los trabajador­es no estarán obligados a prestar sus servicios ni el empleador al pago de las remuneraci­ones, rebajo salarial que, en criterio del Alto Tribunal Constituci­onal, no quebranta la Constituci­ón Política”.

La Nación envió, el viernes 3 de setiembre, consultas al gerente médico de la CCSS sobre este tema, pero al cierre de esta informació­n no se habían recibido respuestas.

 ?? RAFAeL PACHeCO GrAnAdOs ?? El Hospital Rafael Ángel Calderón Guardia, en San José, fue el más afectado por las huelgas del 7 y 14 de julio.
RAFAeL PACHeCO GrAnAdOs El Hospital Rafael Ángel Calderón Guardia, en San José, fue el más afectado por las huelgas del 7 y 14 de julio.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Costa Rica