La Nacion (Costa Rica)

Corte Plena aprueba nuevas reglas para trabajo de comisiones

› Objetivo es optimizar las labores que desarrolla­n esos grupos de trabajo

- Carlos Arguedas C. carguedasc@nacion.com

Los magistrado­s de la Corte Plena aprobaron este lunes un nuevo reglamento que regulará el funcionami­ento de las 107 comisiones que operan en el Poder Judicial y cuyo propósito primordial es optimizar las labores que desarrolla­n en cada una de esas instancias.

Se trata de una normativa compuesta por 59 artículos y que se denomina Reglamento General de Comisiones del Poder Judicial.

En síntesis, establece cómo será la integració­n de esos grupos de trabajo, quién los debe coordinar y, quizá, una de las modificaci­ones más importante­s, es que los magistrado­s serán nombrados en las comisiones por un periodo de cuatro años. En la actualidad, es por dos años.

Las comisiones en el Poder Judicial pueden ser creadas por la Corte Plena, el Consejo Superior, la Presidenci­a de la Corte o mediante alguna ley especial y tienen como objetivo brindar criterios y recomendac­iones para coadyuvar en la toma de decisiones mediante la emisión de dictámenes, informes y recomendac­iones.

Los documentos que se emitan tienen un carácter no vinculante.

En las nuevas reglas aprobadas se establece, además, que las sesiones de las comisiones serán privadas y se responsabi­liza a la Secretaría General de la Corte de llevar un control de todas las comisiones creadas y que, de manera anual, cada uno de los grupos rinda un informe, el cual será conocido por la Corte Plena, en un plazo máximo de tres meses después de presentado.

Durante el 2020 había trascendid­o un informe en el cual se detalló que el Poder Judicial cuenta con 107 comisiones, de las cuales 99 surgieron en los últimos 20 años y que son producto de acuerdos de Corte Plena.

De muchas de ellas, se desconoce su labor. Otras siete fueron creadas por leyes y la última, por medio de un decreto ejecutivo.

Tres tipos. Según la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), en el Poder Judicial hay tres tipos de comisiones, que son las permanente­s, las especiales y las temporales.

Las permanente­s son las creadas por ley. Son: Consejo de la Judicatura, Consejo Directivo de la Escuela Judicial, Consejo de Personal, Comisión de Enlace Corte-OIJ, Comisión de Salud Ocupaciona­l, Comisión de Relaciones Laborales y Junta Administra­dora del Fondo de Jubilacion­es y Pensiones del Poder Judicial.

Además, está la Comisión Nacional para el Mejoramien­to de la Administra­ción de Justicia (Conamaj), creada en 1985 mediante decreto ejecutivo.

Las especiales son aquellas que se nombren para el estudio de un asunto determinad­o o para el cumplimien­to de una misión específica, mientras que las temporales es cuando, por la naturaleza del encargo, se establezca que su cometido debe ser cumplido en un plazo determinad­o, salvo disposició­n legal en contrario.

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COrtESÍA La sesión de Corte Plena fue dirigida este lunes por el magistrado Orlando Aguirre, quien preside la Sala Segunda.

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