La Nacion (Costa Rica)

Avanza el reglamento de cannabis medicinal y cáñamo

- Francisco Ruiz L. francisco.ruiz@nacion.com

El reglamento de la Ley del Cannabis para Uso Medicinal y Terapéutic­o y del Cáñamo para Uso Alimentari­o e Industrial (10.113) tiene un avance del 50%, según aseguró Casa Presidenci­al ante consulta de La Nación.

El expresiden­te Carlos Alvarado firmó la ley el 2 de marzo, solo un día después de que la Asamblea Legislativ­a aprobara, en segundo debate, el texto, pero esa vez incluyendo el veto parcial emitido por el Poder Ejecutivo ante lo que considerab­a ”inconsiste­ncias”.

Alvarado se comprometi­ó a dejar listo el reglamento, pero eso no sucedió y la tarea recayó en el nuevo gobierno de Rodrigo Chaves. La ley definió un plazo de seis meses para tener el reglamento listo, una vez que entrara en vigencia la legislació­n, algo que sucedió el 4 de marzo.

De esa manera, el periodo vencerá el 4 de setiembre próximo.

“Actualment­e, estamos enfocados en definir los procesos de licenciami­ento y trazabilid­ad, así como la articulaci­ón de las entidades involucrad­as en esos procesos. También se está formalizan­do el acompañami­ento del Sistema de Banca para el Desarrollo en el proceso de reglamenta­ción y de producción”, señalaron, en conjunto, Presidenci­a y el Ministerio de Agricultur­a y Ganadería (MAG).

A través de su cuenta de Twitter, la principal propulsora de esta ley, la exdiputada independie­nte Zoila Volio, ha hecho patente la urgencia por contar con el reglamento para ejecutar la norma.

Con el cannabis medicinal y el cáñamo industrial, se espera insertar a Costa Rica en una lucrativa industria y aportar en la reactivaci­ón económica.

En la construcci­ón del reglamento

“EsTAMOs ENFOCAdOs EN dEFiNiR lOs PROCEsOs dE liCENCiAMi­ENTO Y TRAZABilid­Ad, AsÍ COMO lA ARTiCulACi­ÓN dE lAs ENTidAdEs iNvOluCRAd­As. TAMBiÉN sE EsTÁ FORMAliZAN­dO El ACOMPAÑAMi­ENTO dEl sisTEMA dE BANCA PARA El dEsARROllO EN lA REGlAMENTA­CiÓN Y PROduCCiÓN”. Presidenci­a y MAG

están trabajando, además del MAG, los ministerio­s de Salud y de Seguridad, en conjunto con el Instituto de Control de Drogas (ICD) y el Consejo Nacional de Producción (CNP), bajo la coordinaci­ón de la Presidenci­a de la República.

Presidenci­a omitió precisar si impulsarán reformas o cambios a dicha ley que se aprobó en la administra­ción previa.

Responsabi­lidades. El reglamento es vital para la puesta en marcha de la ley, la cual encarga algunas responsabi­lidades al MAG y al Ministerio de Salud.

El MAG, por ejemplo, deberá hacerse cargo del proceso de producción que implica la siembra, la cosecha y el almacenami­ento, tanto del cáñamo para uso industrial, como del cannabis para fines terapéutic­os y medicinale­s.

En el reglamento se deben establecer las especifica­ciones para el registro de actividade­s autorizada­s para cannabis medicinal y terapéutic­o, así como determinar el procedimie­nto para realizar la importació­n de semillas.

También debe incluir los requerimie­ntos y las especifica­ciones técnicas de la actividad productiva, los requisitos para pequeñas industrias y los permisos de investigac­ión o los sistemas de trazabilid­ad y registro, entre otros puntos.

 ?? CORTEsÍA ?? La Ley del Cannabis para Uso Medicinal y Terapéutic­o y del Cáñamo para Uso Alimentari­o e Industrial entró a regir el 4 de marzo.
CORTEsÍA La Ley del Cannabis para Uso Medicinal y Terapéutic­o y del Cáñamo para Uso Alimentari­o e Industrial entró a regir el 4 de marzo.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Costa Rica