Evite multas con el impuesto a personas jurídicas
Pagos van desde un 15% hasta un 50% del salario base
Prepare a su empresa y evite multas económicas o el cierre del negocio, pagando a tiempo el impuesto a las personas jurídicas. Para el periodo 2019, el plazo vence el 31 de enero y tendrá como referencia un salario base de ¢446.200 sobre el que calcula la tarifa respectiva, conforme a la condición de cada persona jurídica obligada al pago.
El tributo va desde un 15% hasta un 50% de ese salario, dependiendo de los ingresos brutos generados durante el periodo anterior.
Están obligadas las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera o su representante y las empresas individuales de responsabilidad limitada inscritas o que en adelante se inscriban en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, llamadas personas jurídicas.
Únicamente están exoneradas las pymes inscritas ante el Ministerio de Economía y los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en el Ministerio de Agricultura y Ganadería.
El pago se realiza al Ministerio de Hacienda y se puede hacer usando el sitio web de los bancos que ofrezcan el servicio, también se puede realizar en cajas y entidades autorizadas por Hacienda, facilitando el número de identificación de la persona jurídica.
Las sociedades que durante tres periodos consecutivos no paguen el impuesto se arriesgan a su disolución.
Además, quienes incumplan deberán liquidar y pagar una sanción del 50% de un salario base por cada mes o fracción de mes, sin que la sanción total supere el monto equivalente a tres salarios base.