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Cumpliré el próximo año 18 años y gozo de pensión alimentaria voluntaria. Quiero continuar mis estudios, ¿qué puedo hacer?
Los adultos jóvenes, entre 18 y 25años, puedencontinuar disfrutando de la pensión por alimentos o interponerla para continuar con sus estudios. Después de los 18 años la pensión alimentaria se considera extraordinaria, es decir, no todos los jóvenes pueden seguir gozando de ese beneficio que le otorgan normalmente sus padres o el obligado alimentario.
Si se trata de una pensión voluntaria y su padre no quiere pagar la pensión alimentaria por haber cumplido los 18 años, usted puede realizar la gestión en el juzgadode pensiones alimentarias, donde le pueden asignar un defensor público o que usted lleve un abogado de su confianza.
Tome en cuenta que a partir de este momento la educación no es gratuita, por lo que siempre deberá realizar pagos a las diversas universidades de acuerdo con la carga académica que lleva. Serán dos las cosas adicionales que analice el juez a diferencia de los menores de edad, por un lado una carga académica razonable, que normalmente se entiende como un cuatrimestre completo universitario o como mínimo 12 créditos por cuatrimestre o semestre.
Además, buenas calificaciones, es decir, no se va a obligar a alguien a pagar la universidad u otro tipo de estudio si no existe un buen rendimiento académico. La pensión alimentaria que le brinden cubrirá parte de los estudios, pero también los gastos necesarios para sobrevivir, tales como alimentos, vivienda, salud, de tal manera que pueda continuar los estudios sinque busque trabajo. Otra de las observaciones que debo realizar es esa, no procede la pensión por alimentos en esta edad si la persona ya trabaja o tiene un oficio remunerado, ya que conlleva el poder proporcionarse sus alimentos.
Lo mejor es continuar con los estudios y aspirar a mayores ingresos aunque conlleve una independencia más tardía.