Abogado para embarazadas
Las embarazadas, mujeres en período de lactancia y los menores, de entre 15 y 18 años, tendrán derecho a abogado gratis, si sus derechos laborales son violentados por el patrono.
Así lo establece la Reforma Procesal Laboral que entrará a regir el próximo 25 de julio.
En su artículo 453 dice lo siguiente: “El Patronato Nacional de la Infancia (PANI) suministrará asistencia legal gratuita a las personas trabajadoras menores de edad que necesiten ejercitar acciones en los tribunales de trabajo, así como a las madres para el reclamo de sus derechos laborales relacionados con la maternidad”.
Según nos explicó el doctor en Derecho Laboral Eric Briones, los menores de entre 15 y 18 años son los únicos autorizados por ley para trabajar y deberán presen- tarse en la oficina del PANI más cercana para pedir dicha defensa.
En el caso de las mamitas, serán defendidas por el PANI debido a que la institución defendería los derechos del menor que está en la pancita o el que acaba de nacer, si está en periodo de lactancia.
“La mujer embarazada o en periodo de lactancia no puede ser despedida sin responsabilidad patro- nal. En caso de querer hacerlo, el patrono debe pedir permiso en el Ministerio de Trabajo”, explicó Lupita Quintero especialista en Derecho Laboral de Nassar Abogados.
Lo mismo sucede con los menores de edad, quienes tienen una protección especial por la cual no pueden ser despedidos, pero si lo hicieran por discriminación por edad, podría exigir este nuevo derecho.
Faltan abogados Sin embargo, el PANI indicó que les dieron la responsabilidad, pero sin el personal para poder realizarlo, por lo que los casos que se presenten a partir de este 25 de julio, serán cubiertos por el departamento de asesoría jurídica, mientras se desembolsa la plata para contratar a cuatro abogados dedicados exclusivamente a este fin, explicó Fanny Cordero, encargada de comunicación de la institución. Otras que podrían tener abogado gratis, peropresentándose en los Juzgados de Trabajo directamente, serían las empleadas domésticas que sean despedidas sin el pago del preaviso, la cesantía, vacaciones y aguinaldo. “Las empleadas domésticas tendrían derecho a su defensor gratuito, por tener ingresos inferiores a ¢852.400, y no tanto por el hecho de ser mujeres”, aclaró Quintero.