La Teja

Bolados para empleadas domésticas

LO SACAMOS DE DUDAS SOBRE LA RELACIÓN PATRONOS Y EMPLEADAS

- EDUARDO VEGA eduardo.vega@lateja.cr

Ya rige en la Caja de Seguro Social unnuevo reglamento para asegurar a las empleadas domésticas: hace que sea más fácil y más barato y busca que desaparezc­a la costumbre de tener una muchacha pero sin el segurito.

EnTiquicia hay 172 mil trabajador­as domésticas, de ellas solo 15 mil aparecen reportadas a la Caja, según datos dados por Gustavo Picado Chacón, gerente de pensiones de la Caja, el resto vive sin seguro y se la juega como puede cuando se enferma o sufre un accidente porque los patrones se hacen los majes.

Confirmó don Gustavo que los mayores problemas de trabajador­as domésticas no aseguradas están entre los ricos, que tienen todo el huevo pero no lo sueltan para el segurito de la muchacha que le trabaja en la casa, incluso reconoció que los papudos de Escazú, Santa Ana y Curridabat, acumulan el 75% (129.000) de las 172 mil trabajador­as domésticas del país.

Precisamen­te, el nuevo reglamento permite que los patronos de las domésticas puedan inscribirs­e ante la Caja de forma más simple, en Internet, mediante la oficina virtual del Sicere.

Buscamos aclarar dudas con don Gustavo y luego llamamos a don Eric Briones, doctor en derecho laboral del Ministerio de Trabajo; a continuaci­ón algunas de las dudas que nos aclararon estos expertos.

–¿A partir de cuántas horas de que una muchacha trabaja en una casa tiene derecho a que se le asegure?

Desde el primer minuto que una persona haga trabajos domésticos en una casa que no sea la suya se debe asegurar.

No importa si llega a trabajar una hora al día, o dos, incluso si llega tres horas cada tres días, sea lo que sea que trabaje, debe estar con su seguro.

–¿Si una muchacha trabaja tres horas un lunes en una casa y otras tres el martes en otra, y el miércoles cuatro en otra, tiene derecho a seguro?

Sí. Además, cada casa en la que trabaje debe asegurar por aparte a esa trabajador­a. Claro, pagará el seguro proporcion­almente con el salario que le pague.

–¿Hay un ejemplo?

Si a una muchacha le pagan 115 mil colones por mes por el trabajo que hace en una casa, a partir de este miércoles 9 de agosto el patrón tendrá que pagar 37.700 de seguro. De ese monto el aporte de la muchacha es de 10 mil colones (aporte del trabajador). Eso significa que el patrón solo debe pagar 27.700 de seguro y no como antes que era de más o menos 64 mil.

–¿Una muchacha que va a una casa pero la patrona la tiene ayudándole con costuras o a hacer queques para vender, también es considerad­a empleada doméstica?

No. Si una muchacha ayuda en cualquier labor que les sirva a los patrones para hacer plata, eso es ya una relación laboral de otro tipo y aplica otra forma para asegurarla.

–¿Para qué le sirve a la doméstica estar asegurada?

Para aprovechar todos los servicios de nuestra seguridad social, para poder asegurar ella a sus hijos. Incluso podría asegurar a sus hermanos (en casos especiales que se analizan particular­mente) y hasta a los papás de ella (en casos especiales); además, cotiza para el régimen de invalidez, vejez y muerte, cotiza para el fondo de pensiones y cada cinco años puede retirar una platica de esos ahorros. También para estar cubierta en incapacida­des y para la pensión.

–Pero como mi seguro es bajo, ¿entonces la pensión será muy baja también?

El nuevo reglamento ya arregló todos esos bejucos. Una muchacha que trabaje en una casa y a la que se le reporte un salario de 115 mil colones estará cotizando como si ganara 231 mil colones, esto porque el Gobierno asumeparte de lo que elpatrono y la empleada no aportan, y así la pensión le quedaría en unos 140 mil colones.

–¿Y si el patrón le dice a una empleada que no la va a asegurar?

El Departamen­to de Inspección de la Caja y el del Ministerio de Trabajo están para atender a esa trabajador­a y así visitarán al patrón y entre cuotas no pagadas e intereses. Le saldrá mucho más caro el caldo que los huevos. –Si la trabajador­a doméstica es extranjera, ¿qué pasa?

El registro de la trabajador­a extranjera se realiza utilizando el número de seguro social. Si no tiene un número asignado se debe realizar por medio del correo electrónic­o calidad@ccss.sa.cr, indicar el nombre del patrono y su número de identifica­ción y adjuntar la copia del pasaporte o cédula de residencia de la trabajador­a a asegurar.

–¿Y si el patrón es de esos ricachos extranjero­s que no tienen seguro social en el país?

Si no tiene un número asignado, debe solicitarl­o por medio del correo electrónic­o calidad@ccss.sa.cr, adjuntando la copia del pasaporte o cédula de residencia.

–Si el patrón ofrece que le da la plata por debajo de la mesapero que la empleada se asegura ella solita a título personal, ¿eso afecta en algo?

Afecta a los dos: al patrón porque si algún día esa empleada lo denuncia, va a tener que pagar todas las cuotas de los años que la tuvo trabajando, con intereses, no le servirá de nada decir que ella solita tenía seguro. Afecta también a la trabajador­a porque no cotiza para la pensión, ni para la pensión complement­aria.

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A partir de hoy rige un nuevo reglamento que promete poner las cosas en orden.

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