¿Hasta cuándo se puede pagar el salario escolar por pensión?
El salario escolar se pagará el 22 de enero, pero todos los obligados alimentarios tienen tiempo hasta el próximo 31 de enero para hacer el pago del salario escolar o gasto extraordinario de entrada a clases. este monto de dinero es obligatorio para todos los que tienen obligación alimentaria de estudiantes activos. el artículo 11 de la ley 8682 de creación del salario escolar indica que cuando la pensión alimentaria tenga como acreedor a un menor de edad oa un estudiante menor de veinticinco años, el salario escolar podrá embargarse hasta en un cien por ciento (100%). cuando exista más de un acreedor en los términos señalados en el presente artículo, el salario escolar se prorrateará (distribuir) proporcionalmente entre todos los beneficiarios. esto hace que el dinero sea destinado directamente a fin de cubrir los gastos escolares y universitarios que se generan como la compra de materiales y de matrículas, uniformes o ropa para ir diariamente a estudiar. si el juez de pensión alimentaria no ha fijado en la pensión la obligación del salario escolar o bien, existe una obligación voluntaria, el beneficiario puede solicitar el dinero prestado y luego liquidar las facturas como un incidente de gastos extraordinarios de entrada a clases y con ello continuar con los estudios que se encuentra realizando. el salario escolar es un ahorro obligatorio tanto en el sector público como privado, que debe regresar al trabajador muchas veces con los intereses ganados producto de los rebajos que le realizan mensualmente con el fin del pago extraordinario que deben realizar en el mes de enero, en las diversas planillas y hasta el último día del mes en el caso de los juzgados de pensiones alimentarias.
Los salarios escolares se fijan entre un 50 y un 100% del valor de una pensión mensual y conlleva muchas veces que los niños y niñas cuenten con todos los materiales necesarios para realizar sus estudios durante todo el año.