La Teja

Un familiar murió de un paro cardíaco producto del covid-19, ¿hay responsabi­lidad del Estado?

- QUE NO LO BAILEN Yorleny Clarke, penalista

siempre surgen dudas de si existe responsabi­lidad o no del Estado tanto en el tema de la salud como en el resto de servicios, sea esto a través de los ministerio­s o de otras institucio­nes públicas.

Forman parte del estado los tres poderes de la república: judicial, ejecutivo y legislativ­o; el artículo 190 de la ley de Administra­ción Pública indica que la Administra­ción responderá por todos los daños que cause su funcionami­ento legítimo o ilegítimo, normal o anormal, salvo fuerza mayor, culpa de la víctima o hecho de un tercero. Yo puedo, por ejemplo, demandar al estado tanto por lo que debe hacer, si la conducta no se realizó de la forma correcta, como por dejar de hacer algo. cuando hablamos de responsabi­lidad lo más importante es determinar el nexo causal y con ello se requiere demostrar que la muerte, en este caso, se debió a una falta de atención, a una mala atención o a la omisión de auxilio por parte de los servicios médicos.

Por medio de la autopsia debe determinar­se si la persona permanecía en aislamient­o, en hospitaliz­ación o con aislamient­o domiciliar­io; en caso de que fuera domiciliar­io se debe determinar si el centro médico que vio innecesari­a la hospitaliz­ación contó con toda la informació­n y si el seguimient­o se realizó de la forma correcta.

No menos importante es la determinac­ión de si con los padecimien­tos del paciente, unidos a los síntomas, era previsible que se diera esa posibilida­d de ataque cardíaco por el virus que tenía.

Vale la pena evaluar el caso muy de cerca tratándose de una mujer de 42 años que fue trasladada al hospital al momento del ataque cardíaco, determinán­dose dicha informació­n tanto desde la autopsia como el expediente médico.

De oficio, el mismo centro médico deberá proceder con la denuncia al Ministerio Público o un familiar para que se investigue la muerte.

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