Maltrata a mi mascota cuando se enoja conmigo
darle muerte a los animales domésticos cuando pertenecen a la pareja con la que se ha tenido una relación de hecho, declarada o no, siendo que la jurisprudencia lo ha permitido en los noviazgos, puede ser parte de un ciclo de violencia doméstica. la crueldad animal se regula mediante el artículo 279 bis y sanciona con penas de tres meses a un año de prisión a quien realice tratos de crueldad en los animales y hasta con dos años de prisión si se les causa la muerte. si parte de esa crueldad es para provocar tristeza, amenazas o intimidación a una mujer y se hace con dicho fin, jurídicamente puede existir un concurso de delito y la crueldad animal puede estar unida a la intención o dolo de perjudicar a la pareja sentimental. la ley de penalización de violencia contra la mujer establece en su artículo 26 la restricción a la autodeterminación con pena de prisión de dos a cuatro años a quien, mediante el uso de amenazas, violencia, intimidación, chantaje, persecución o acoso, obligue a una mujer con quien mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no, a hacer, dejar de hacer o tolerar algo a lo que no está obligada. si el maltrato animal es una materialización de una amenaza también nuestra legislación lo sanciona cuando indica que quien amenace a una mujer, a su familia o a una tercera persona íntimamente vinculada con quien mantiene una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no, será sancionado con pena de prisión de seis meses a dos años. recuerde que para que cada delito sea sancionado debe demostrarse que la persona que lo cometió tenía el conocimiento de lo que hacia y la voluntad de realizarlo.
Matar animales de la pareja puede ser parte de un ciclo de violencia doméstica.