Tengo muchas deudas, ¿qué puedo hacer?
cuando de una organización financiera se trata usted debe ser ordenado para enfrentar su desorden financiero. Haga un listado de todas sus deudas y de todos sus ingresos. Establezca cuáles son los montos mínimos para cubrir sus deudas, dejando para cubrir el mayor capital posible sobre las deudas que tienen mayores consecuencias para usted o que tienen el máximo interés en su cobro.
Si en la lista existen deudas que debido a la pandemia no ha pagado por más de un año, sin realizar arreglo de pago, trate de hacer un arreglo con el acreedor. Recuerde que lo máximo en intereses que no se encuentran prescritos es por un año; sin embargo, este le puede condonar los intereses o parte de la deuda, por lo que es importante llegar a un acuerdo.
Intente hacer este acuerdo de modo virtual --no presencial-- para que no le notifiquen en caso de que la deuda ya se encuentre en cobro y no pueda contar con un plazo para llegar a un acuerdo o, bien, para enfrentar la deuda.
Si llega a un acuerdo, pida copia del documento y en caso de que le notifiquen el cobro judicial, busque a un abogado de su confianza para que le indique al juez la existencia del acuerdo y que levanten los embargos, ya que las conciliaciones conforme a la Ley de Resolución Alternativa de Conflictos no tiene recurso alguno.
Tome en cuenta que muchas entidades aún hoy dan algunas facilidades para el pago debido a la situación tan difícil que tiene el país y la situación particular financiera de cada persona. Si se quedó sin empleo, revise si contaban las tarjetas o los préstamos con seguro por desempleo y así enfrentar la situación por cerca de un año. Recuerde que el embargo de salario es conforme a las bandas de sus ingresos, así que si su salario es bajo puede que sea inembargable.
Asimismo, la Ley contra la usura no permite el cobro de intereses superiores a los indicados por el Banco Central cada semestre.