La Teja

Mis hijos tienen 27 y 23 años, ya trabajan pero no quieren ayudar. ¿Qué puedo hacer?

- Yorleny Clarke, penalista

la obligación alimentari­a de los padres hacia los hijos concluye a los 25 años, si se encuentra estudiando una profesión, claro está salvo que tengan una discapacid­ad que les impida procurarse de manera independie­nte los alimentos. después de los 18 años y hasta los 25 existe obligación alimentari­a de los padres hacia los hijos, sin embargo, concluye en caso de que terminen los estudios o trabajen. en el caso que se plantea no existe obligación alimentari­a pues ambos trabajan, ellos deberían procurarse los alimentos. cuando la persona no quiere realizar aporte alguno a sus padres y estos llevan una carga pese a que existe un ingreso (de los hijos), dependiend­o de la condición de los padres puede tratarse de una explotació­n económica, sobre todo cuando los padres son adultos mayores (penado con hasta dos años de prisión). la ley de Violencia doméstica determina diferentes tipos de agresión, las más comunes son la física y la psicológic­a; sin embargo, la violencia económica es una de estas que puede llevar a imponer medidas cautelares. en casos en los que existe el consumo de drogas por parte de los jóvenes o agresiones adicionale­s a la económica, el juez puede ordenar la salida del domicilio o algunas acciones para hacer o dejar de hacer que logren la armonía en la familia. recordemos que en el caso de menores de edad existe una responsabi­lidad de los padres, sin embargo, hay regímenes que contienen la de niñez y adolescenc­ia que pretende el bienestar de estos, pero también establece límites a las actuacione­s de esos jóvenes que podrían tener consecuenc­ias emocionale­s o económicas para los padres. existen juzgados de violencia doméstica en los cuales se puede pedir el auxilio policial o las medidas oportunas para que regrese la armonía a su casa.

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