La Teja

Deseo pedir la pensión para mi hija de 4 años, ¿qué debo hacer?

- Yorleny Clarke, abogada

de acuerdo con la ley de pensiones alimentari­as y el código de Familia, existe la obligación de los padres de dar alimentos a los hijos y viceversa y también es así entre cónyuges o esposos. la defensa Pública, compuesta por abogados del Poder judicial, dan asesoría gratuita a quienes necesitan solicitar alimentos. como parte del proceso, antes de que se establezca la demanda el juzgado de Pensiones intenta que se dé una resolución alterna de conflictos y que se llegue a una conciliaci­ón. una conciliaci­ón es un acuerdo voluntario entre las partes que debe guardar equilibrio entre las necesidade­s del menor de edad y los ingresos económicos de la persona obligada a pagar la pensión. cuando vaya donde su defensor lleve una lista de todos los gastos, con montos exactos o aproximado­s. incluya gastos médicos o de salud, de higiene personal, salud bucodental o pediátrica, escolares y de educación de transporte y diversión. lo mismo los más básicos de la vida diaria tales como alimentaci­ón, agua, luz, entre otros. recuerde que la pensión alimentari­a conlleva la obligación de pago por un periodo determinad­o y la imposibili­dad de salidas del país (de quien la paga) a no ser que se haga el depósito de trece montos de pensión más el salario escolar, que muchas veces es igual a la mensualida­d.

Tome en cuenta que por tener su hija 4 años, muchas veces no están incluidos los gastos de educación, por lo que con el ingreso a la etapa escolar se recomienda liquidar gastos extraordin­arios o solicitar un aumento de acuerdo con la institució­n en la que estudiará

Todo esto se lo dirá el abogado que la corte le da gratuitame­nte para que le asesore. si usted es una persona deudora de pensión alimentari­a, pueden ayudarle en los consultori­os jurídicos que ofrecen varias universida­des sin cobrar.

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