Despéjese la jupa sin pensar en multa
Si quiere ir con su burbuja a despejarse un rato al cine, al teatro, a algún concierto o espectáculo público y no se anima por miedo a una multa por la restricción vehicular, vaya tranquilo porque ir a esos lugares es una excepción a la medida sanitaria (tanto la diurna como la nocturna).
Con el pasar de los meses se ha ido dando una apertura comercial para reactivar la economía del país, debido a eso las reglas y excepciones a las medidas sanitarias también se han modificado para permitir que las personas vayan a los lugares que están funcionando nuevamente.
En el sitio web de Presidencia se detallan las actividades a las que las personas pueden ir pese a tener restricción vehicular: “Los vehículos de las personas que requieran trasladarse con ocasión de una reservación para asistir a cines, autoeventos, teatros, conciertos o presentaciones públicas”
Eso sí, los choferes deben llevar a mano el comprobante de compra o reserva de las entradas para que se lo enseñen al tráfico en caso de que pasen por algún control de carretera, así evitarán la multa de ¢107.000.
En el sitio web también se aclara que los lugares o actividades a los que las personas asistan, deben estar debidamente habilitados por el Ministerio de Salud y con el permiso sanitario de funcionamiento.
También es una excepción ir a hoteles, cabinas y establecimientos de alojamiento siempre y cuando esté debidamente demostrado con un comprobante de reservación.
Al aeropuerto. Además, pueden circular a cualquier hora y día los vehículos de las personas que necesiten ir a alguno de los aeropuertos internacionales para salir del país o para recoger a alguien que ingrese a suelo nacional. Para eso, debe justificarse con el tiquete de vuelo personal o de la persona que va a recoger.