La Teja

“Me dijo que me amaba y era casado, la esposa interpuso el divorcio por infidelida­d”

- Yorleny Clarke, abogada

Para divorciars­e en costa rica se debe cumplir una serie de requisitos legales; la infidelida­d, efectivame­nte, es causal de divorcio

Uno temas muy interesant­e en el campo jurídico es la posibilida­d de cobrar daños y perjuicios tanto al marido como a su amante. Claro, el daño debe probarse, sobre todo en aquellos casos en los que exista otra causal llamada sevicia. la sevicia es cuando uno de los esposos ha hecho actos degradante­s, denigrante­s o injustos a su pareja; por ejemplo, violencia doméstica, actos constantes y sistemátic­os de humillació­n o violencia física o sexual.

Una de las discusione­s entre abogados es la posibilida­d de cobrar los daños y perjuicios a la persona amante por actos deliberado­s, pérdida de credibilid­ad o de imagen pública para el cónyuge inocente si ha existido mala intención en la degradació­n. esto es posible de acuerdo con el artículo 1045 del código civil y el código de familia también lo permite.

Al ser un daño moral subjetivo se debe probar (como todo daño), y el monto siempre es de acuerdo con el criterio que tenga el juez para darle una estimación ya que ahí se cuantifica sentimient­os tales como llanto, tristeza, vergüenza y todos los que puede sufrir la persona al sentirse engañada por quien ama y que comparte su vida, su sexualidad y sus hijos.

Así que les recomiendo que antes de involucrar­se con una persona, verifiquen su estado civil en el Registro Civil, de modo que no sea objeto de una demanda por daños y perjuicios o, bien, que se entere cuando es demasiado tarde para sus sentimient­os.

Igualmente, en los últimos años se permite la separación por que ambos cónyuges no son compatible­s, por lo que si este 14 de febrero no hubo amor, recuerde que ahora es más fácil divorciars­e por esa razón.

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