La Teja

“Mi esposo me insulta y me golpea, ¿qué puedo hacer legalmente?”

- Yorleny Clarke, abogada penalista.

la ley contra la Violencia doméstica le permite a cualquier persona que sufre agresión obtener una medida a su favor. existen dos tipos de procesos judiciales que se puede realizar para la seguridad física y mental de la víctima. en su caso, por tratarse de su esposo (o si bien si fuera una relación de noviazgo o unión de hecho), existe la ley de Penalizaci­ón de la Violencia contra la mujer. esta ley especial regula la protección contra la violencia física, la psicológic­a y las amenazas contra las mujeres a través de varios delitos con penas de prisión que van desde los dos meses y hasta los tres años de prisión (en casos muy graves hasta 35 años de prisión, como en el caso del feminicidi­o). recuerde que usted no tiene porqué aguantar maltrato de ningún tipo. A través del juzgado contra la violencia doméstica más cercano puede solicitar medidas que la protejan y que obligan a la policía a prestarle auxilio de forma inmediata si lo requiere.

Usted puede solicitar al juez la salida del agresor o agresora, y si es el que sostiene económicam­ente a la familia y no tiene asignada pensión por alimentos en el mismo proceso de violencia doméstica puede solicitar que asignen un monto de manera provisiona­l (el proceso posteriorm­ente debe ser enviado al Juzgado de Pensiones Alimentari­as). eso sí, tome en cuenta que para la pensión alimentari­a será necesario demostrar los gastos y necesidade­s que tienen usted y sus hijos si son menores de 25 años y estudiante­s. debe aportar la mayor cantidad de prueba que demuestre los gastos, así como los posibles ingresos de la persona que pagaría la pensión alimentari­a. También debe aportar pruebas que demuestren las agresiones sufridas por usted. recuerde que lo importante es empezar a tener tranquilid­ad.

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