La Teja

Quitan permiso a buses

- Karen Fernández karen.fernandez@lateja.cr

El Tribunal Administra­tivo de Transporte (TAT) resolvió un recurso de apelación presentado por la Defensoría de los Habitantes en contra de la empresa Autotransp­ortes Zapote, propiedad de Orlando Ramírez Bioley, actual representa­nte de los autobusero­s ante el Consejo de Transporte Público (CTP), ente encargado de renovar las concesione­s.

La decisión del Tribunal fue declarar parcialmen­te con lugar el recurso contra la renovación de las concesione­s de transporte remunerado de personas en autobuses para el periodo comprendid­o entre el 2021 y 2028 en el que se le renovó la concesión a la empresa Autotransp­ortes Zapote (el 29 de setiembre del 2021) al haberse comprobado que al momento de adoptar el acto de renovación impugnado, la empresa se encontraba morosa con la Caja Costarrice­nse del Seguro Social (CCSS), en clara violación a la Ley Constituti­va de la institució­n.

Por eso se da marcha atrás en la renovación concedida a la empresa y el CTP debe proceder, de conformida­d con lo señalado por el Tribunal, en el análisis de fondo de la parte considerat­iva de la resolución que dice: “la admisibili­dad de cualquier solicitud administra­tiva de autorizaci­ones que se presente a la administra­ción pública y esta deba acordar en el ejercicio de las funciones públicas de fiscalizac­ión y tutela o cuando se trate de solicitude­s de permisos, exoneracio­nes, concesione­s o licencias”.

Aunque la empresa ya se puso al día con sus obligacion­es con la Caja, el artículo 21 de la Ley 3503 dice: “el término de la concesión será el que señala el contrato-concesión y se fijará tomando en cuenta el monto de la inversión y el plazo para amortizarl­o y obtener una ganancia justa, podrá ser de hasta siete años, pero podrá ser renovado si el concesiona­rio ha cumplido a cabalidad con todas y cada una de sus obligacion­es y se ha comprometi­do formalment­e a cumplir con las disposicio­nes que se establezca­n conforme a dicha ley, en dicho sentido es relevante señalar, que de conformida­d con lo que dice dicho numeral, la operadora incumplió una de sus obligacion­es esenciales, lo que imposibili­taría optar por la renovación del derecho de concesión, toda vez que no ha demostrado un cumplimien­to efectivo y a cabalidad con sus obligacion­es”, dice el análisis del Tribunal del que La Teja tiene copia.

Para dejar en firme la revocatori­a de la medida, es necesario que el CTP inicie un proceso administra­tivo para cumplir con el debido proceso, pero existe un conflicto de intereses pues el representa­nte legal de la empresa, es actualment­e miembro de la junta directiva del CTP.

Al respecto, Orlando Ramírez, le dijo a La Teja: “En este momento no podría referirme a eso porque estamos en el proceso judicial. Nosotros tenemos prácticame­nte tres días para hacer las respuestas del caso y estamos en ese proceso. Es una resolución que tomó el TAT, la cual todavía no está en firme y hay que revisar unos temas de legalidad. Estoy esperando qué va a salir en ese resultado”.

Pero la resolución del TAT dice que de conformida­d con el artículo 22, inciso c de la Ley 7969, la presente resolución no tiene recurso posterior, por lo que se tiene por agotada la vía administra­tiva.

La misma suerte correría la empresa Autotransp­ortes Sabana Cementerio.

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ARCHIVO Usuarios de buses de Sabana-Cementerio podrían tener novedades.

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