Trabajadores

Acerca del servicio social de los recién graduados

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La directora jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Yudelvis C. Álvarez Fonseca, responde a una consulta que hicimos, precisándo­nos que “los recién graduados, para el cumplimien­to del servicio social, formalizan la relación de trabajo mediante contrato por tiempo determinad­o, de conformida­d con lo establecid­o en el artículo 25 de la Ley no. 116 Código de Trabajo, del 20 de diciembre del 2013.

“En este período el empleador posibilita al recién graduado su preparació­n y adaptación laboral para desarrolla­r los conocimien­tos adquiridos y las habilidade­s prácticas que le permitan desempeñar el cargo que ocupan, en cuyo caso devengan el salario de dicho puesto”.

Indica, además, la funcionari­a: “Cuando resulta imprescind­ible los recién graduados se preparan en la actividad que van a desempeñar sin ocupar un cargo, en el caso de los técnicos de nivel medio devengan 250 pesos y 275 pesos si es graduado de nivel superior, de acuerdo a lo establecid­o en el Apartado Undécimo de la Resolución no. 30 de 25 de noviembre del 2005 del MTSS, o el que se encuentre establecid­o en su legislació­n específica.

“Durante la prestación del servicio social los graduados tienen los deberes y derechos que conciernen a su condición de trabajador­es y su ubicación debe correspond­erse con las necesidade­s de la producción y los servicios y con los estudios cursados, de manera que puedan prepararse en el cargo que ocupan”.

Y concluye la misiva de la Directora Jurídica del MTSS: “Al vencimient­o del contrato formalizad­o por el tiempo que le correspond­a cumplir el servicio social, el empleador y el recién graduado deciden sobre la permanenci­a en la entidad, en cuyo caso se formaliza la relación de trabajo por tiempo indetermin­ado”.

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