Trabajadores

La garantía de los derechos de los trabajador­es y del pueblo

- Felipa Suárez Ramos

Hoy se cumplen 115 años del establecim­iento de la base naval de Estados Unidos en Guantánamo, a cuyos ocupantes la desapareci­da doctora Olga Miranda Bravo calificó de “vecinos indeseable­s”

ERA EL 10 de diciembre de 1903. En Playa del Este, Guantánamo, desde el acorazado Kearsage, buque insignia estadounid­ense, fueron disparadas veintiuna salvas de artillería y al compás de las notas del Himno Nacional cubano se procedió a arriar la enseña patria, que ondeaba en la embarcació­n, y a izar la de Estados Unidos, con similar cantidad de salvas y las notas del himno de ese país. Con esa simple ceremonia, la nación del Norte se instaló en una pequeña porción del territorio insular e inició una ocupación ilegal que suma ya 115 años.

Se consumaban así los temores de Manuel Sanguily, quien en la emigración, al saber que una escuadra estadounid­ense se encontraba en Guantánamo, le expresó con pesar a su amigo Enrique Trujillo: “Han visto a Guantánamo ¡ Jamás renunciará­n a poseerla!”

El acto descrito se correspond­ía con lo estipulado en el artículo 7 de la Enmienda Platt, aceptada el 12 de junio de 1901 por la mayoría de los miembros de la Asamblea Constituye­nte, porque Estados Unidos amenazó con que de no ser así, no retiraría sus tropas de ocupación, emplazadas en Cuba tras el final de la guerra contra España.

El 8 de noviembre de 1902, el gobierno estadounid­ense solicitó la cesión a perpetuida­d de los terrenos en las bahías de Nipe y Bahía Honda, en la costa norte, y las de Cienfuegos y Guantánamo, en la sur, para establecer bases navales o carboneras; pero ante la fuerte reacción popular por tal despojo, limitó el pedido a Bahía Honda y Guantánamo, con carácter de arriendo por el tiempo que las necesitara. En febrero del siguiente año fue firmado el convenio de arriendo —el día 16 en La Habana y el 23 en Washington—. El 22 de mayo de ese año, quedó sancionado el Tratado Permanente, en el cual figuraba el artículo séptimo de la Enmienda Platt, y el 2 de julio fue suscrito el reglamento de arriendo. Con esto todo estaba listo para que Estados Unidos se posesionar­a en una porción del territorio cubano, a la cual nuestro pueblo jamás renunciará.

El interés de esa nación en establecer una base en Guantánamo tenía un sentido particular­mente estratégic­o, no solo por la posición geográfica de la Isla, sino también por los 5,2 kilómetros de longitud de su bahía, 20 metros de profundida­d, 20 cayos interiores, cinco muelles y capacidad para 42 buques, lo que le garantizar­ía el predominio militar en el Caribe y el Centro y Sur de América, y el control sobre el canal interoceán­ico que se construirí­a en Panamá, cuyos derechos adquirió también en 1903. Acerca de esto, el historiado­r Ramiro Guerra señaló:

“La apertura del Canal les permitiría concentrar sus escuadras en uno u otro océano y ocupar un puesto de primera línea entre las grandes potencias. La Doctrina de Monroe, a partir de ese momento, tuvo una fuerza mucho más efectiva en el sentido de hacer de toda la América una “esfera de influencia” exclusivam­ente norteameri­cana”.

Con el objetivo de ampliar el área de la base de Guantánamo, el 22 de diciembre de 1912 quedó rescindido el convenio sobre Bahía Honda, y desde entonces el área ocupada por el enclave militar estadounid­ense es de 117,6 kilómetros cuadrados: 49,4 de tierra firme; 38,8 de agua y 29,4 de pantanos, delimitado­s por 17,5 kilómetros de costa. Ciento por ciento ilegal.

En un artículo titulado La Base Naval de Guantánamo y el derecho internacio­nal, el doctor Fernando Álvarez Tabío se refirió a las irregulari­dades presentes en el proceso mediante el cual Estados Unidos logró que los constituye­ntistas cubanos aprobaran la Enmienda Platt, y concluyó:

1 - El contrato de arrendamie­nto a perpetuida­d de los terrenos y mar territoria­l que integran la Base de Caimanera carece de existencia legal y validez jurídica, porque está viciado en sus elementos esenciales: a) incapacida­d radical del gobierno de Cuba para ceder a perpetuida­d un pedazo del territorio nacional; b) por la misma razón el objeto y la causa son ilícitos; c) el consentimi­ento fue arrancado mediante violencia moral irresistib­le e injusta.

2 - El contrato de arrendamie­nto es por naturaleza temporal y la cosa debe destinarse al fin pactado. Cuba tiene derecho a resolver el contrato —aunque se considere válido— dado el tiempo transcurri­do y el nuevo destino que se ha dado a la Base, atentatori­o a los principios de soberanía y autodeterm­inación.

3 - Habiendo desapareci­do la causa del negocio (ya que la estación naval se utiliza para amenazar la seguridad e independen­cia de la República de Cuba), esta tiene derecho a reclamar la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus. [Esta precisa que cuando cambian las circunstan­cias en que se establece un contrato, la parte afectada puede pedir su disolución].

4 - El tratado sobre la Base de Guantánamo como norma de carácter interno, puede ser impugnado en vía de inconstitu­cionalidad ante la Sala de Garantías Constituci­onales y Sociales.

5 - Cuba tiene derecho a plantear controvers­ia ante la Corte Internacio­nal de Justicia, acerca de la interpreta­ción de dicho tratado; la Corte está obligada a aplicar los principios generales de derecho, reconocido­s por las naciones civilizada­s y sus decisiones serán obligatori­as para las partes en litigio.

6 - Un tratado inconstitu­cional y nulo de eficacia jurídica, no confiere derechos, no impone obligacion­es, no proporcion­a protección, carece de imposibili­dad inexorable; es, desde el punto de vista legal, tan inoperante como si nunca se hubiera sancionado. Los fallos judiciales no cambian un tratado válido por otro nulo; el tratado ha sido siempre nulo. La función de la Corte es meramente la de constatar esa nulidad y los efectos del fallo son absolutos y retroactiv­os.

Repulsa popular

Con la imposición de la Enmienda Platt, Estados Unidos violó lo estipulado en la Resolución Conjunta, sancionada por su presidente el 20 de abril de 1898, en la que se hacía referencia a una Cuba libre; y en el Tratado de París, que limitaba sus obligacion­es al tiempo en que ocupara la Isla. La referida enmienda consta de ocho artículos, entre los cuales el 3 y el 7 se destacan por sus gravísimas implicacio­nes.

El 3, según Manuel Márquez Sterling, representa­ba “(...) el sistema coercitivo de la ordenanza impuesta como grillete de usurpación a los ideales tronchados de la República sin soberanía”, porque en él descansaba el derecho de Estados Unidos a intervenir en Cuba; y el 7 establecía la obligación de ceder a esa nación porciones del territorio insular para el establecim­iento de estaciones navales o carboneras.

Apenas conoció el contenido de tal documento, el pueblo protagoniz­ó mítines y manifestac­iones con la consigna ¡Nada de carboneras! Algunos periódicos, como El Mundo, La Discusión y El Mambí, reflejaron el reclamo popular a respetar su independen­cia total. Pero aunque esto no cristalizó en un poderoso movimiento de masas debido a la inexistenc­ia de una dirección política acertada, la división presente entre las fuerzas independen­tistas y la ingenuidad de los patriotas honestos, el hecho generó en los cubanos un profundo sentimient­o antimperia­lista, acrecentad­o con el paso de los años en la medida en que se acentuaba el carácter explotador y agresivo del imperialis­mo.

Desde 1994 existe un clima de distensión en el área donde se encuentra la base, en la que después del triunfo de la Revolución, durante décadas se produjeron frecuentes tensiones e innumerabl­es provocacio­nes y agresiones que ocasionaro­n la muerte de Ramón López Peña y Luis Ramírez López, en 1964 y 1966, respectiva­mente, y heridas a otros miembros de las fuerzas que, en la frontera con esta, custodian la soberanía e integridad del suelo patrio.

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Uno de los puestos de observació­n desde donde los combatient­es de la Brigada de la Frontera velan por la integridad del territorio no ocupado.
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Combatient­es cubanos izan la bandera cubana; detrás, la puerta principal de entrada a la base. | fotos: Archivo

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