Diario Libre (Republica Dominicana)
SCJ anula demolición de Torre de Plata.
La Segunda Sala Penal dijo que la empresa Adecu Business no fue escuchada y ordenó nuevo juicio
no figura en la decisión recurrida constancia alguna que muestre que la razón social Adecus Business, SA., haya sido oída, una obligación improrrogable del debido proceso, custodiada por la constitución de la República en su artículo 69 numeral 2 que establece el derecho a ser oído por ante la jurisdicción competente”, argumentan los jueces.
“No limitándose el acceso a la justicia a la disponibilidad de promover proceso y recursos, sino también a la posibilidad de hacerse oír en ocasión de esto, de modo que puedan exponer cuanto convenga a la defensa de sus derechos e intereses legítimos”, continúa el argumento.
El Tribunal aclaró que la revisión, es una institución de carácter extraordinario, reservado para aquellos procesos penales en los que se revele una gravedad de importancia tal que transgreda los derechos condenados.
“Por vía de consecuencia, envía el presente proceso, para que se realice una nueva valoración de las pruebas, con los nuevos documentos aportados y con el debido respeto a los derechos fundamentales de los encartados”, estableció la Suprema Corte.
La empresa alegó en su instancia que fue condenada sin estar debidamente representada ya que el imputado José Bonet no era su representante.