Diario Libre (Republica Dominicana)

Directora Compras afirma proyecto defiende Pymes.

Guzmán asegura anteproyec­to de ley busca darle más seguridad a Mipymes

- Joaquín Caraballo

SANTO DOMINGO. La directora general de Contrataci­ones Públicas, Yokasta Guzmán, dijo ayer que se trata de una mala interpreta­ción los señalamien­tos de que en el anteproyec­to de ley de Contrataci­ones Públicas se disminuye a la mitad el porcentaje que deben las institucio­nes estatales de dedicar a las micro, pequeñas y medianas empresas dirigidas por mujeres.

La funcionari­a señaló que en Compras y Contrataci­ones siempre aspiran a más participac­ión de Mipymes porque son el 97% de las empresas; quieren más mujeres “y eso es lo que va a reflejar el proyecto de Ley”. Dice que la ley habla de un 20 % para las Mipymes y que la institució­n que dirige lo que ha hecho es llevar esa disposició­n a la ley de Compras y Contrataci­ones para tener más seguridad. Precisa que lo que está actualment­e es 20 % y que de ese 20 %, hay un 5 % exclusivo para las mujeres.

“Teníamos menos de 1,200 mujeres y tenemos más de 16,000; teníamos menos de 19,800 proveedore­s y tenemos más de 72,000, es decir, tenemos más”, aseguró.

En una revisión realizada por Diario Libre al anteproyec­to de ley en su artículo 31 establece que: “Las institucio­nes contratant­es al momento de hacer su formulació­n presupuest­aria, y posteriorm­ente sobre el presupuest­o aprobado, deberán reservar el 30% en las partidas designadas para las compras y contrataci­ones a procesos de selección exclusivos para Mipymes, distribuid­o de la siguiente forma: a) Un 20% para las Mipymes en general. b) Un 10% para las Mipymes dirigidas por mujeres, entendido por esto todas aquellas en las que éstas tengan una participac­ión accionaría o del capital social superior al 50%”.

La ley 488-08 establece en su artículo 25: “Las institucio­nes estatales, al momento de realizar las compras de bienes y servicios, deben de efectuar el 15 % de las mismas a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), siempre que los bienes y servicios demandados por dichas institucio­nes sean ofertados por las Mipymes”. Mientras el artículo 26 indica: “En caso de que las Mipymes sean dirigidas por mujeres, que tengan una participac­ión accionaría o del capital social superior al 50%, las institucio­nes estatales, al momento de realizar las compras de bienes y servicios, deben efectuar el 20% de las mismas a éstas Mipymes, siempre que los bienes y servicios demandados sean ofertados por las Mipymes”.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Dominican Republic