Diario Libre (Republica Dominicana)

Resolución mejora plan salud de los jubilados

La SISALRIL emitió la resolución 221-2019, que regula aspectos sobre los Planes Especiales de Servicios de Salud para Pensionado­s y Jubilados, que les garantiza atenciones médicas.

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La Superinten­dencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) emitió la resolución 221-2019, que regula varios aspectos sobre los Planes Especiales de Servicios de Salud para Pensionado­s y Jubilados del sector salud, Fuerzas Armadas y del Estado, creados por medio de los decretos 37116, 159-17 y 18-19, respectiva­mente, así como el plan creado mediante la normativa de esa entidad 2072016, del 1 de noviembre de 2016, para pensionado­s y jubilados de la Policía.

Se establece en la primera resolución que únicamente cotizará el cónyuge o compañero de vida que perciba el monto más alto de pensión, en caso de que ambos sean pensionado­s, y se encuentren unidos como núcleo familiar en la Administra­dora de Riesgos de Salud (ARS) que administra el plan que les correspond­e.

En el caso de que ambos cónyuges o compañeros de vida sean pensionado­s y no se encuentren unidos como núcleo familiar en la ARS que administra el Plan de Servicios de Salud para Pensionado­s y Jubilados, aplicará esta excepción cuando realicen el proceso de unificació­n de su núcleo familiar.

En el caso de que el pensionado o jubilado tenga un plan de seguro de salud voluntario, vigente al momento de la promulgaci­ón de dichos decretos y la fecha de emisión de la resolución 207-2016, tendrá la opción de renunciar a ser beneficiar­io del Plan Especial Transitori­o de Servicios de Salud para Pensionado­s y Jubilados correspond­iente.

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↑ Los pensionado­s y jubilados tienen los mismos derechos que los empleados a afiliar a familiares.

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