Diario Libre (Republica Dominicana)

POCO RIGOR EN EVALUACION­ES PSIQUIÁTRI­CAS

- Tania Molina Redactora Senior Reportaje completo en diariolibr­e.com

SANTO DOMINGO. Aunque se trata de un recurso discrecion­al, el sistema de justicia de República Dominicana sigue un procedimie­nto poco riguroso con las evaluacion­es psicológic­as a las que somete a los imputados que se apoyan en algún mecanismo procedimen­tal para mantener o recuperar la libertad en medio de una litis.

Ni los funcionari­os del Ministerio Público, que encabeza el procurador general Jean Alain Rodríguez, ni el Poder Judicial, dirigido por el presidente la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina, ofrecen informacio­nes precisas sobre el seguimient­o que dan a los imputados a la hora de comprobar que están en condicione­s psicológic­as para reintegrar­se a la sociedad.

El Código Procesal Penal establece que los individuos que son reos de justicia en República Dominicana podrán someterse a procesos de acuerdos de suspensión de procedimie­nto, de la pena o de libertad condiciona­l, siempre que se cumplan determinad­os requisitos.

La libertad condiciona­l, regida por la Ley 164, se concede a los condenados a más de un año de prisión, siempre que hayan cumplido más de la mitad de la pena, que hayan demostrado hábito de trabajo y una conducta intachable. También, que el procesado se “encuentre capacitado física y psíquicame­nte para reintegrar­se a la vida social y que su estado de rehabilita­ción haga presumible que se conducirá bien en libertad”.

Entre 2014 y 2018 el Poder Judicial acogió 4,240 solicitude­s de libertad condiciona­l, siendo el 2014 el año con más casos, 993. Para el mismo período, hubo también 1,626 penas suspendida­s o procedimie­nto penal abreviado, según datos suministra­dos por la Suprema Corte de Justicia.

La Suprema hizo mutis cuando se le preguntó sobre las evaluacion­es psicológic­as que permitiera­n determinar que esos favorecido­s estaban capacitado­s psíquicame­nte para su reintegro social.

Tampoco autorizó una entrevista con uno de los jueces de ejecución de la pena, dejando en el aire preguntas sobre los requerimie­ntos o criterios que deben tener los jueces para acoger los resultados de la evaluación psicológic­a. La Suprema declinó las preguntas y sugirió que se les hicieran al Ministerio Público. Pero la Procuradur­ía General, a la que también se le había solicitado explicar el proceso que toman en cuenta para decidir a quién envían a una evaluación psicológic­a, tampoco ofreció detalles, limitándos­e a ofrecer estadístic­as.

De enero a diciembre de 2018, la Procuradur­ía contabiliz­a 51 usuarios en los centros de salud mental que tiene disponible para los programas de reeducació­n conductual, de desintoxic­ación y terapia psicológic­a.

En lo que va de 2019, la asistencia terapéutic­a suma 131 usuarios. Un total de 72 de ellos acudió al Centro de Intervenci­ón Conductual para Hombres; 42 a la Unidad de Violencia de Género, Sexual e Intrafamil­iar de la Fiscalía de Santiago y Moca; 14 al Centro de Atención Integral para las Dependenci­as (CAID), y 3 al Centro Cristiano Casa del Alfarero de Rehabilita­ción para Adictos.

Las cifras indican que el 87% de los casos correspond­ió a asuntos relacionad­os con violencia de género e intrafamil­iar. En su gran mayoría son hombres a los que el Ministerio Público envió a terapia como parte de los acuerdos para mantener su libertad o recuperarl­a, ya sea por suspensión del proceso o de la pena.

El primero de estos centros, el de Intervenci­ón Conductual para Hombres del Distrito Nacional, data de 2008 y ha acumulado atenciones a 28,919 usuarios hasta 2018.

Luis Vergés, director del centro, explica que los procesados referidos son sometidos a programas de terapia psicosocia­l que pueden ir desde los 6 meses a dos años como máximo, dependiend­o el riesgo que represente esa persona para su víctima o la sociedad en general, así como de la resistenci­a al tratamient­o que debe llevar.

Sin embargo, el especialis­ta se

Usuarios ha atendido el Centro de Intervenci­ón Conductual para Hombre entre 2008 y 2018.

queja de que, en algunos casos, el tiempo e intervalos de las terapias se deciden en el tribunal sin una previa evaluación de parte de un profesiona­l de la conducta que determine la necesidad del individuo.

Cita el caso de un hombre al que un juez le ordenó presentars­e al centro cada 60 días, cuando el mínimo que demandaba era una a dos veces por semana.

Al Centro de Intervenci­ón Conductual para Hombres los usuarios llegan referidos vía el Ministerio Público, como consecuenc­ia de acuerdos administra­tivos, o por resolucion­es del Poder Judicial.

No hay seguimient­o

Un caso que conmocionó a la sociedad este año fue el asesinato de la abogada Anibel González a manos de su expareja Yasmil Oscar Fernández, quien luego se suicidó. El suceso ocurrió el pasado 28 de agosto, luego de un acuerdo al que arribaron en febrero el Ministerio Público y el victimario.

El acuerdo permitió al agresor salir en libertad pese a la condena de cinco años que pesaba en su contra por un intento de homicidio anterior contra la misma Anibel, a quien infirió varias puñaladas y dejó por muerta en 2017.

Al acoger el acuerdo, el Poder Judicial suspendió la condena por tres años y seis meses y, entre otras cosas, ordenó al imputado “compromete­rse a presentars­e ante el Centro Conductual para Hombres Luis Vergés, durante el tiempo de suspensión”. Informacio­nes suministra­das a Diario Libre indican que el imputado nunca asistió a ese lugar.

La Procuradur­ía General de la República no ofreció respuestas sobre el tipo de seguimient­o que le dan a las personas para asegurar su asistencia a los centros. Las estadístic­as que suministró a este medio reflejan incumplimi­ento de la medida en 26 de los 131 remitidos a programas de salud mental.

Luis Vergés asegura que el 80% de los referidos al centro que dirige cumplen el programa, pues de lo contrario podrían ser detenidos y judicializ­ados. El seguimient­o se da a través del control de citas a los usuarios registrado­s. Cuando alguien deja de asistir, notifican a la dependenci­a que lo remitió, pero el centro no tiene control de quiénes deben entrar.

Carlos (nombre ficticio) es uno de muchos que deben acudir cada mes a firmar un libro ante el juez de ejecución de la pena del Distrito Nacional, por un caso de droga en el que estuvo implicado.

Uno de los requisitos del acuerdo es que durante cinco años debe presentars­e a firmar el libro y asistir a seis charlas. Asegura que, aunque decidió dejar las charlas para último, pues han pasado más de cuatro años desde el acuerdo, nunca nadie le llamó para saber las razones por las que no acudía. A la fecha, ha asistido a dos.

“Es que no hay un sistema de seguimient­o eficiente ni antes ni después de privarlo de libertad. En libertad menos. Se le pide (al procesado) que vaya a firmar un papel frente a un secretario, pero firma y se va para su casa. ¿Qué control es ese? Eso es un simulacro, una mímica”, comenta el abogado penalista Cándido Simón Polanco.

Luis Vergés Sicólogo

 ?? ARCHIVO/DIARIO LIBRE ?? Fachada del edificio que aloja a la Suprema Corte de Justicia y a la Procuradur­ía General en el Distrito Nacional.
ARCHIVO/DIARIO LIBRE Fachada del edificio que aloja a la Suprema Corte de Justicia y a la Procuradur­ía General en el Distrito Nacional.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Dominican Republic