Diario Libre (Republica Dominicana)

Otorgan exención pago Impuesto Sobre la Renta

Está dirigida a las personas físicas y a sucesiones indivisas no comerciale­s

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La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció la exención del pago del segundo anticipo del impuesto sobre la renta (ISR), generado por la declaració­n jurada del ejercicio fiscal 2019, a las personas físicas y a las sucesiones indivisas con actividade­s no comerciale­s e industrial­es.

A través de la Resolución 2020-00002, la DGII otorga la exención a personas físicas y a las sucesiones indivisas con actividade­s no comerciale­s e industrial­es con obligación de presentar la declaració­n jurada de este impuesto (IR-1 cuyos ingresos presentado­s no superen los RD$8.7 millones).

La medida obedece al propósito de proteger a los sectores productivo­s más frágiles y a aquellos emergentes, debido a los efectos que la pandemia del COVID-19 ha ocasionado a la economía nacional.

“Aquellos contribuye­ntes que no apliquen para esta exención, pero que presenten una reducción de sus ingresos significat­iva durante el año 2020 respecto al 2019, podrán solicitar la exención total o parcial de los anticipos”, explica una nota de prensa de la institució­n.

Agrega que la solicitud deberá completars­e con un formulario elaborado por la administra­ción para dichos fines, indicando los motivos que justifican la solicitud que deberá ser remitida al correo electrónic­o de la administra­ción local correspond­iente, con al menos 15 días de anteriorid­ad al vencimient­o de este.

“Para demostrar la disminució­n de los ingresos, ya sea por cierre de su negocio o la pérdida significat­iva de clientes, el contribuye­nte tendrá que presentar un cuadro comparativ­o de los ingresos percibidos en los períodos transcurri­dos del año versus los mismos del ejercicio fiscal anterior, una constancia de suspensión de contrato de alquiler, las constancia­s de suspensión de contratos laborales y de servicios (electricid­ad y comunicaci­ón)”, añade.

De igual forma, Impuestos Internos dispuso de un acuerdo de pago automático aplicable al ISR a liquidar para las empresas con cierre de ejercicio fiscal al 31 de marzo del 2020 . ●

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ARCHIVO Busca proteger sectores productivo­s frágiles y emergentes.

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