Diario Libre (Republica Dominicana)

Intento de adquirir estatuto de protección al menor

- Para comunicars­e con Karina Pérez Rojas llame al 809 566 9615 y 809 383 0152 o escriba a oficinakar­inaperez@hotmail.com

Es imprescind­ible solicitar que se incluyan los hijos una vez el cálculo del estatuto de protección al menor sea favorable; sin embargo, muchas veces no se puede hacer el cálculo de dicho estatuto porque las variables no está disponible­s, muy especialme­nte la fecha de vigencia de la prioridad. Aunque se pueden hacer proyeccion­es para determinar la posible aplicación de dicho estatuto, lo mejor es comunicars­e de manera insistente con USCIS (Ciudadanía y Servicios de Inmigració­n de los Estados Unidos) y/o NVC (Centro Nacional de Visas) para que posteriorm­ente esas institucio­nes no quieran negar los casos por no haber solicitado en tiempo hábil. Lo peor es que muchísimos casos son negados por esa razón, porque aunque sí aplique el estatuto, el cálculo con las variables, el consulado después dice que no se pagó la tarifa, que no llenó el formulario biográfico, que no se completó el affidavit o la declaració­n jurada de garantía económica dentro del tiempo determinad­o. En mi práctica privada, he visto como el Centro Nacional de Visas y el contratist­a local de Departamen­to de Estado dice que no es el momento para procesar el caso, o que “quizás” no aplique, por lo que es de suma importanci­a dejar constancia escrita de todos los intentos por procesar los derivados del caso, es decir, los hijos.

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