Diario Libre (Republica Dominicana)
Intento de adquirir estatuto de protección al menor
Es imprescindible solicitar que se incluyan los hijos una vez el cálculo del estatuto de protección al menor sea favorable; sin embargo, muchas veces no se puede hacer el cálculo de dicho estatuto porque las variables no está disponibles, muy especialmente la fecha de vigencia de la prioridad. Aunque se pueden hacer proyecciones para determinar la posible aplicación de dicho estatuto, lo mejor es comunicarse de manera insistente con USCIS (Ciudadanía y Servicios de Inmigración de los Estados Unidos) y/o NVC (Centro Nacional de Visas) para que posteriormente esas instituciones no quieran negar los casos por no haber solicitado en tiempo hábil. Lo peor es que muchísimos casos son negados por esa razón, porque aunque sí aplique el estatuto, el cálculo con las variables, el consulado después dice que no se pagó la tarifa, que no llenó el formulario biográfico, que no se completó el affidavit o la declaración jurada de garantía económica dentro del tiempo determinado. En mi práctica privada, he visto como el Centro Nacional de Visas y el contratista local de Departamento de Estado dice que no es el momento para procesar el caso, o que “quizás” no aplique, por lo que es de suma importancia dejar constancia escrita de todos los intentos por procesar los derivados del caso, es decir, los hijos.