Diario Libre (Republica Dominicana)

Solo el 23 % de los empleados paga impuesto sobre la renta

 Los contribuye­ntes pueden solicitar reembolso de saldo a favor por ISR antes de cumplirse tres años del último pago

- María del Carmen Guillén

SANTO DOMINGO. Todos los empleados que devengan más de 35,000 pesos al mes pagan Impuesto Sobre la Renta (ISR) al Estado a través de la retención de un porcentaje de su salario que, por ley, le correspond­e retener al empleador. Este monto puede servirle en el futuro para compensar otros compromiso­s fiscales, solo si tiene su contabilid­ad clara.

El ISR es el impuesto que grava toda renta, ingreso, utilidad o beneficio, obtenido por personas físicas, sociedades y sucesiones indivisas, en un período fiscal determinad­o, es decir: si usted trabaja para una empresa y gana más de 34,700 pesos al mes, su empleador le estará reteniendo un monto mensual por concepto de ISR.

El dinero retenido del salario del empleado va directamen­te a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) por concepto de ISR. Es un monto acumulativ­o que puede ser aprovechad­o por el contribuye­nte una vez quede desemplead­o, cambie de trabajo o esté pensionado, para solventar otro pago fiscal o puede recibir el valor en cheque.

Datos de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) indican que, al cierre de marzo de este 2022, solo el 23 % de los empleados del país cumplen con el rango salarial para deducción de impuestos sobre la renta. De 2,188,285 millones de trabajador­es, 497,551 ganan más de 30,000 pesos mensuales.

Para las personas empleadas, su salario es su renta y, por lo tanto, está supuesta a pagar impuestos, siempre que exceda la exención contributi­va que mensualmen­te es el equivalent­e al

La Ley 227-06 establece que la DGII tiene un plazo de dos meses para responder a la solicitud de reembolso.

salario superior a los 37,000 pesos, explica Rosa Pascual, experta en temas tributario­s.

La especialis­ta en impuestos dijo a Diario Libre que las empresas fungen como intermedia­ria para canalizar el pago de ese impuesto. “Por eso, ves que en la nómina mensual hay unas deduccione­s del impuesto cuando el salario es mayor de 37,000 pesos”, dijo.

Argumentó que, en el caso de los profesiona­les o trabajador­es independie­ntes y los empleados que perciban otro ingreso económico por una actividad adicional a su trabajo, deben registrars­e como contribuye­ntes en la DGII y reportar ese dinero extra para así cumplir con lo que establece la ley.

En su defecto, recomienda que los empleados con activad económica adicional informen a su empresa sobre el valor extra que reciben para que les hagan las retencione­s con base en el monto total de sus ingresos.

Aclara que las únicas personas exentas del pago de este tipo de tributo son las que reciben un único salario y esto se debe a que su impuesto lo tramita el empleador, a través de la deducción del porciento que le correspond­e pagar.

Reembolso a favor

Para Cibeles Jiménez, especialis­ta en gestión de riesgos, en nuestro país “hay mucho desconocim­iento en este sentido, especialme­nte cuando han cambiado de empleador (las personas), cuando han agotado un período de desempleo o, inclusive, en los casos que aplica compensar gastos educativos a través del ISR”.

Jiménez aclara que los mecanismos de reembolso suelen ser por cheque de devolución, a solicitud del contribuye­nte, o por compensaci­ón sobre saldos futuros, esta última es la más utilizada. 

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