Diario Libre (Republica Dominicana)

Voto salvado Observa sobre representa­nte

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La jueza María Santana emitió un voto salvado por entender que “el Tribunal Constituci­onal hizo bien en rechazar el recurso de revisión y confirmar las sentencias recurridas”, pero “debió haber analizado si el señor Ramón Ramírez Montero tenía la calidad para representa­r al Consejo Nacional contra la Corrupción ante esta jurisdicci­ón constituci­onal”. (Conacco), representa­do por Ramón Ramírez Montero. El banco, bajo la administra­ción de Enrique Ramírez Paniagua, presentó en 2016 dicho cambio, que incluyó un rediseño de su marca.

En su decisión, de fecha 21 de julio del presente año, el Tribunal Constituci­onal rechazó en cuanto al fondo el recurso de revisión y, en consecuenc­ia, confirmó las sentencias recurridas: una que rechazó la excepción de incompeten­cia planteada por Banreserva­s y otra que le ordenó entregar la informació­n tras determinar que es una entidad pública sujeta a la Ley 200-04.

La informació­n solicitada consistía en las actas certificad­as del consejo directivo en cuya reunión se decidió el cambio de imagen; proceso de licitación para contratar las compañías encargadas de la transforma­ción; certificac­ión que establezca los criterios sobre la base que sustenta la inversión en el cambio; certificac­ión que haga constar la inversión de dicho cambio, tanto a nivel global, por sucursal y productos mercadológ­icos; certificac­ión de las empresas selecciona­das y certificac­ión que establezca los beneficios que obtendría el banco con el cambio de imagen (tasa de retorno).

En la sentencia TC /0185 /22, el Tribunal Constituci­onal considera que proveer la informació­n solicitada no podría considerar­se como un secreto comercial, como argumentó Banreserva­s para justificar su negativa, amparándos­e en las excepcione­s que establece la Ley 200-04. Por dicha oposición, Conacco interpuso la acción de amparo al considerar que se le vulneraba su derecho al acceso a informació­n pública. ●

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